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Jaime Abanto Torres: «La oralidad va a dar celeridad al trámite de los procesos civiles»

Jaime Abanto Torres: «La oralidad va a dar celeridad al trámite de los procesos civiles»

Acaba de ser inaugurado el Primer Módulo Civil de Litigación Oral en la Corte Superior de Lima, lo cual permite prever un profundo cambio en la tramitación de los juicios civiles. Para conocer sus impresiones, conversamos con Jaime David Abanto Torres, juez titular del 1° Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Lima.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 14 de agosto 2019

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Acaba de ser inaugurado el Primer Módulo Civil de Litigación Oral en la Corte Superior de Justicia de Lima, lo cual permite prever un profundo cambio en la tramitación de los juicios civiles en dicho distrito judicial, el más importante del país en cuanto a niveles de carga procesal.

Para conocer sus impresiones sobre esto, conversamos con Jaime David Abanto Torres, quien actualmente es juez titular del 1° Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, y un reconocido especialista en la materia.

Se acaba de poner en funcionamiento el Modulo Corporativo de Litigación Oral en la Corte de Lima. ¿Cómo cambiarán los procesos civiles con esto?

Pese al escepticismo de los críticos, considero que la oralidad, que va de la mano con la inmediación y la concentración de actos procesales, va a dar celeridad al trámite de los procesos. Si recordamos, en el texto original del CPC, existían varias audiencias, que fueron suprimidas en sucesivas reformas inconvenientes, que impusieron un proceso escrito que ha fracasado. El modelo oral simplemente recuerda al juez que es bueno usar sus facultades genéricas y los principios procesales que existen desde la vigencia del CPC en 1993.

No obstante, si no existe un compromiso serio de los órganos de gobierno del Poder Judicial para dotar de los recursos humanos y materiales para implantarla y no se previene la sobrecarga de audiencias como la que padece la especialidad laboral, que conlleva la dilación de los procesos, no se obtendrá resultados positivos.

Algunos cuestionan que para implementar realmente la oralidad en el proceso civil se requiere una reforma del Código Procesal Civil ¿Comparte Ud. esta opinión?

Considero que es un craso error, que parte de una visión legalista del proceso, tributaria del mito del legislador. Si se revisa las normas reglamentarias del Plan Piloto, estas no hacen más que retomar normas del texto original del CPC vigentes desde 1993.

Para hacer reforma judicial, como decía Roberto Mac Lean, no es necesario cambiar una sola ley. Yo agregaría que hace falta creatividad en el Juez, y espíritu innovador.

Algunos críticos de la oralidad lo hacen sin conocimiento de causa, a veces sin tener ninguna experiencia en litigio. No se puede hacer reforma legislativa sin conocimiento de la realidad. Prueba de ello es la deficiente calidad de las leyes que aprueba el Congreso.

Apelando a su experiencia como magistrado, ¿podría comentarnos qué medidas puede adoptar un juez para agilizar la resolución de los casos?

Por experiencia propia, actuando en primera instancia, se puede citar a audiencia única en la resolución que admite a trámite la demanda en los procesos sumarísimos, como los desalojos y los de otorgamiento de escritura pública. Otra medida es adaptar a esa vía procedimental los asuntos de probanza documental o que no revistan mayor complejidad, como los de petición de herencia, indemnización por denuncia calumniosa y cambio de nombre.

Si actuamos en segunda instancia basta con citar a la vista de la causa en la primera resolución. Eso permite acortar los tiempos de los procesos y los jueces que aplicamos dichas buenas prácticas no hemos esperado ninguna reforma procesal para ejecutarlas.

Entendemos que Ud. está postulando para ser representante de los jueces ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. ¿Qué implica asumir dicho cargo?

El cargo de integrante ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que es el órgano de gobierno institucional, es un cargo que conlleva gran responsabilidad. El CEPJ toma las grandes decisiones para el servicio de justicia. Asumir la representación de los jueces especializados es asumir la voz y el voto de quienes conocen la realidad judicial porque la viven día tras día, y no la conocen de manera indirecta o referencial, como algunos académicos. Una voz que debe hacerse escuchar porque la ciudadanía espera cambios en el Poder Judicial. La elección del candidato adecuado puede ser un gran aporte en ese sentido. Lo contrario sería mantener el estado de cosas actual.

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