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César Nakazaki, Benji Espinoza y Jefferson Moreno conversan sobre la prisión preventiva

César Nakazaki, Benji Espinoza y Jefferson Moreno conversan sobre la prisión preventiva

En este video, tres conocidos penalistas charlan sobre el uso de la prisión preventiva en nuestro país. Coinciden en que, en su experiencia profesional, han podido apreciar que se suele hacer un uso excesivo de esta medida restrictiva de la libertad.

Por Redacción Laley.pe

lunes 26 de noviembre 2018

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En un reciente video, los abogados penalistas César Nakazaki, Benji Espinoza y Jefferson Moreno conversaron sobre el uso de la prisión preventiva en nuestro país.

Así, César Nakazaki criticó algunas de las recientes afirmaciones del juez Richard Concepción Carhuancho, titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional. Refirió que «el juez Concepción Carhuancho decía que por qué el Tribunal Constitucional, en el hábeas corpus de Ollanta Humala, le pone tantas exigencias. ¿Por qué nos fija exigencias y garantías en una audiencia de prisión preventiva? Claro, es que él no sabe qué es el proceso penal«.

Agregó que «el proceso penal no se ha creado como una llave para abrir la cárcel, sino como un mecanismo de garantía de libertad donde solo el culpable debe irse a la cárcel y excepcionalmente un hombre que debe presumirse inocente”.

VEA TAMBIÉN: ¿Qué ha dicho la CIDH sobre el uso de la prisión preventiva en el Perú?

A su turno, Benji Espinoza señaló que “la prisión preventiva es un instrumento importante, pero excepcional”. Además aseveró que para dictar prisión preventiva debe haber «un riesgo comprobado de que la persona vaya a fugar, eludir la acción de la justicia, destruir las fuentes de prueba o perturbar la actividad investigativa». En caso que esos elementos no se presenten, «no puede echarse mano a la prisión preventiva», señaló.  

Por su parte, Jefferson Moreno citó la Casación N° 626-2013-Moquegua para afirmar que, con este fallo, la Corte Suprema pretendió que los jueces no apliquen abusivamente la prisión preventiva, «pero el efecto que ha tenido en la realidad es otro”. Añadió que él observa que el problema está en el debate de la proporcionalidad y  la duración.

«Yo he tenido casos en los que el requirimiento fiscal viene sin sutento de proporcionalidad y cuando en audiencia se exige ese sustento, lo que se hace es hablar del concepto de proporcionalidad y no se le desarrolla al caso en concreto», remarcó Moreno. También criticó que la Corte Suprema señale que el peligro procesal sea el elemento más importante para fijar la prisión preventiva: «pienso que debería ser la proporcionalidad de la medida, porque es lo que le da forma constitucional a la restricción de la libertad».

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