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Presidente del Consejo de Ministros estaría afectando el Código Penal

Presidente del Consejo de Ministros estaría afectando el Código Penal

El especialista en temas penales se refirió a un posible incumplimiento de deberes funcionales del titular de la PCM, René Cornejo, hecho que configuraría una afectación al Código Penal.

Por Redacción Laley.pe

lunes 10 de marzo 2014

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El especialista en derecho penal, Pedro Angulo, expresó su opinión respecto a la posibilidad de que el presidente del Consejo de Ministros, René Cornejo, habría incurrido en el delito de incumplimiento de deberes funcionales en su modalidad omisiva. 

El letrado explicó que el artículo 123 de la Constitución, en su inciso primero, dice que el jefe del Gabinete es el vocero autorizado del gobierno; sin embargo, René Cornejo no estaría cumpliendo esta función. 
“Extrañamos que el presidente del Consejo de Ministros no se pronuncie generalmente a veces quizás por el temor a ser desautorizado. En la práctica se ha visto que no realiza la función que la Constitución les ordena”, mencionó en entrevista con LaLey.pe
En esa línea, agregó que este comportamiento estaría afectando el Código Penal: “El omitir el cumplimiento de una función configura un ilícito. La infracción del presidente del Consejo de Ministros estaría en el artículo 377 del Código Penal por dejar de hacer algo que otra persona lo empieza hacer”, advirtió. 
Un informe especial de LaLey.pe dio cuenta que el Código Penal, en su artículo 377º, detalla que “el funcionario público que ilegalmente, omite, rehúsa o retarda algún acto de su cargo, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a sesenta días-multa”.

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