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Implementan Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de Loreto

Implementan Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de Loreto

Se busca agilizar los procesos judiciales en materia laboral. Inmediación, oralidad, concentración, celeridad, economía procesal y veracidad son algunas de las características de este nuevo proceso.

Por Redacción Laley.pe

jueves 20 de marzo 2014

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(Fotografía referencial)

Actualmente, un juicio laboral tarda en promedio 13 meses. Sin embargo, con la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), el tiempo se acortará de cuatro a tres meses. La razón es que la NLPT emplea herramientas tecnológicas en los procesos judiciales. Esta nueva forma de trabajo será aplicada en Loreto. 

La novena disposición complementaria de la NLPT (Ley Nº 29497), establece que su aplicación se debe realizar de forma progresiva y en los distritos judiciales que disponga el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. 

La implementación de la norma se dispuso en el Distrito Judicial de Loreto a través de la Resolución Administrativa Nº 043-2014-CE-PJ, publicada en El Peruano, luego de haberse ordenado su aplicación en 14 distritos judiciales del país. De esta manera se busca brindar celeridad a la tramitación de expedientes en materia laboral.

Según información oficial, los órganos jurisdiccionales especializados en materia laboral del Distrito Judicial de Loreto afrontan una creciente acumulación de carga procesal. Esto debido a estructura del proceso regido bajo los alcances de la hasta ahora vigente Ley Procesal Laboral (Ley N° 26636). 
Situación de carga procesal

En el Distrito Judicial de Loreto, la Sala Civil Mixta, los juzgados de trabajo permanente y transitorio, así como el juzgado de paz letrado laboral, afrontan una carga de 5,904 expedientes laborales. De estos, 4,330 se encuentran en trámite y 1,574 en ejecución de sentencia. 
De otro lado, el Juzgado de Paz Letrado Especializado Laboral de Maynas conoce los procesos laborales en materia de reclamos de beneficios sociales en un 40%, y en un 60% representan las pretensiones de cobro de aportes de AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones). 
Desde el año 2010, la NLPT está vigente actualmente en 15 distritos judiciales del país cuando empezó su implementación: Tacna, Cañete, La Libertad, Arequipa, Lambayeque, Cusco, Moquegua, Ica, Junín, Santa, Cajamarca, Lima, Lima Sur, Lima Norte y Callao.

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 043-2014-CE-PJ by La Ley

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