Jueves 25 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

Acta de defunción informará sobre procedimientos para cobro de seguros y ahorros

Acta de defunción informará sobre procedimientos para cobro de seguros y ahorros

Herederos deberán ser informados sobre la existencia de procedimientos relacionados con el acceso a información financiera, previsional y de seguros de sus familiares fallecidos. De esta manera, se busca que conozcan sus derechos y deberes hereditarios.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 11 de junio 2014

Loading

[Img #4684]

Las copias certificadas del acta o partidas de defunción que emita Reniec a los interesados tendrán algunos cambios. Ahora incluirán información resumida y referencial a fin de que los herederos tomen conocimiento de la existencia de procedimientos relacionados con el acceso a la información en materia de seguros, pensiones, ahorros y finanzas del causante.  

Así lo ha dispuesto la Ley N° 30205, norma que pretende facilitar el acceso a información financiera, previsional y de seguros en beneficio de los herederos. Dicha norma ha sido publicada el 11 de junio en el diario oficial El Peruano.  En concreto, las actas o partidas de defunción deberá informar sobre la existencia de procedimiento sobre:

a) Registro Nacional de Información de Contratos de Seguros de Vida y de Accidentes Personales con Cobertura de Fallecimiento o de Muerte Accidental.

b) Reporte de información de afiliado y/o información sobre pensionistas en el Sistema Privado de Pensiones, a través de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

c) Procedimiento de atención de solicitudes de información sobre los depósitos u otros productos pasivos del causante a través de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

d) Procedimiento de atención de solicitudes de información del reporte crediticio de usuarios a través de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

e) Información sobre el tiempo máximo que puede permanecer inmovilizado un depósito u otros productos pasivos en una empresa del sistema financiero hasta ser transferidos al Fondo de Seguro de Depósitos. 

La entidad responsable de proporcionar la mencionada información es Reniec o la entidad a la que se le haya delegado funciones registrales, de ser el caso.  

Asimismo, se exhorta a la SBS y a la RENIEC para que proporcione y coordine la información que se consignará en la copia certificada del acta de defunción.  

Por último, se ordena a la SBS que emita, en un plazo de 60 días, las normas que resulten necesarias para la aplicación de este nuevo dispositivo legal.

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS