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Sepa cómo sanciona la FIFA los actos racistas

Sepa cómo sanciona la FIFA los actos racistas

La FIFA, a través de su Código Disciplinario, proscribe los actos racistas que puedan suscitarse en un partido de fútbol. Las sanciones van desde impedir que en los próximos torneos se juegue con público, hasta el pago de altas sumas de dinero, alrededor de 20 mil euros.

Por Redacción Laley.pe

sábado 14 de junio 2014

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Dos de los casos emblemáticos de sanciones impuestas por la FIFA a selecciones de fútbol, ocurrieron precisamente durante las eliminatorias para el Mundial de Brasil 2014. Las sancionadas fueron la Federación Húngara de Fútbol (MLSZ) y la Unión Búlgara de Fútbol (BFU).

Sobre el primer caso, después del amistoso entre Hungría e Israel, disputado el 15 de agosto de 2012, la FARE (en español: Fútbol contra el racismo en Europa) y la Congregación religiosa israelita de Vina, denunciaron ante la FIFA que un grupo de seguidores húngaros había entonado cántico antisemitas y había mostrado símbolos ofensivos.

La Comisión Disciplinaria de la FIFA realizó una investigación, y concluyó por unanimidad que los hinchas de la selección nacional húngara cometieron actos de racismo, antisemitismo, de naturaleza provocativa y agresiva.

Por tal motivo, la comisión, decidió que el siguiente partido de la selección de Hungría, en el marco de la competición preliminar del Mundial Brasil 2014 (Hungría vs. Rumanía), se dispute sin espectadores (22 de marzo de 2013), y además se le multó con 40 mil francos suizos (equivalente a más de 33 mil euros)

Con respecto al segundo caso, el comisionario del partido preliminar de la Copa Mundial Brasil 2014 entre Bulgaria y Dinamarca, comunicó que durante el partido se arrojaron bengalas al campo y que el jugador danés Patrick Mtiliga recibió insultos racistas por parte de un grupo de aficionados búlgaros.

Luego del procedimiento disciplinario respectivo, la Comisión Disciplinaria de la FIFA resolvió que las acciones ofensivas, denigratorias y discriminatorias de un grupo de hinchas búlgaros eran vergonzosas; por ende, se configuraba una violación contra el Código Disciplinario de la FIFA (CDF).

De igual modo, se dispuso que el siguiente partido de local de la selección búlgara por las elimintarorias a Brasil 2014 se realice sin espectadores (22 de marzo del 2013). Además, se le impuso una multa de 35 mil francos suizos (equivalente a 29 mil euros).

Marco normativo de la FIFA

La regulación y sanción de los actos de racismo durante un partido de fútbol está prevista en el Código Disciplinario de la FIFA (CDF) En tal sentido, en el artículo 67, apdo. 1 del CDF, se indica que la asociación anfitriona es responsable de la conducta impropia de los espectadores, sin que se le impute una conducta culpable.

Asimismo, en el artículo 58 del CDF –que también se aplica a la conducta culpable– señala las sanciones mínimas que puede imponer la FIFA en el caso de comportamiento discriminatorio.

De otro lado, con mayor precisión el artículo 58 del CDF indica que quien “a través de actos o palabras humillantes, discrimine o ultraje a una persona o a un grupo de personas en razón de su raza, color de piel, idioma, credo u origen de forma que atente contra la dignidad humana será suspendido por un mínimo de cinco partidos”.

Además, el mismo artículo establece que “se prohibirá al infractor el acceso al estadio y se le impondrá una multa en cuantía no inferior a 20,000 CHF (francos suizos). Si el autor de la falta fuera un oficial, el importe de dicha multa será de 30,000 CHF como mínimo”.

La FIFA ha anunciado que en casos de reincidencia, la Comisión Disciplinaria no tendría otra opción que imponer sanciones más severas, que implicarían la pérdida por retirada, la deducción de puntos o la descalificación de las selecciones en la competición.

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