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Ex candidata francesa es condenada a prisión por comparar a una Ministra con un mono

Ex candidata francesa es condenada a prisión por comparar a una Ministra con un mono

El partido Frente Nacional, al que pertenece Anne-Sophie Leclere, afirmó que esta sentencia es una violación a la libertad, al estado de derecho y a la libertad de expresión, mientras que el portavoz del gobierno francés respaldó a la ministra francesa.

Por Redacción Laley.pe

viernes 18 de julio 2014

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Anne-Sophie Leclere, dirigente del partido de extrema derecha de Francia, el Frente Nacional, fue sentenciada a nueve meses de prisión efectiva por lanzar una serie de injurias contra la actual ministra de Justicia, la francesa Cristiane Taubira.

Además, Leclere estará prohibida de ocupar un cargo público en elecciones populares por 5 años y deberá pagar una multa de 50 mil euros por haber utilizado su cuenta de Facebook para publicar un fotomontaje de la ministra comparándola con un mono.

La condena fue pronunciada por un Tribunal de Cayena, en la Guayana francesa, de donde es originaria la Ministra Taubira. Sin embargo, el partido de Frente Nacional (FN) rechazó la sentencia y señaló que apelarán porque lo consideran un atentado contra la libertad de expresión. “El derecho francés excluye expresamente la responsabilidad penal de una persona moral por los delitos relativos a la libertad de expresión”, enfatizó el partido. Asimismo, afirmó que esto también viola la libertad y el estado de derecho.

Por otro lado, la ministra de Justicia, la única persona de etnia negra del gobierno galo, recibió el respaldo del portavoz del Gobierno francés, Stephan Le Foll, quien catalogó lo realizado por Leclere como un “acto de racismo indignante” y agregó que se tiene que respetar la decisión judicial.

Leclere publicó en el 2013 un fotomontaje de la ministra junto a un mono con la frase “prefiero verla tras las ramas de un árbol que en el gobierno”. La respuesta, en ese entonces, por parte de la ministra fue: “sabemos bien lo que piensa el FN: los negros colgados de las ramas, los árabes en el mar, los homosexuales en el Sena, los judíos en los hornos. Esos son los pensamientos profundos de ese partido”.

En nuestro país

Según el artículo 130 del Código Penal, una acción como esta constituiría un caso de injuria y establece “que el que ofende o ultraja a una persona con palabras, gestos o vías de hecho, será reprimido con prestación de servicio comunitario de diez a cuarenta jornadas o con sesenta a noventa días-multa”.

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