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Unión de hecho entre homosexuales será reconocida en Registro Civil

Unión de hecho entre homosexuales será reconocida en Registro Civil

De esta manera, las parejas del mismo sexo en el país vecino podrán registrar su estado de convivencia en sus documentos de identidad. Si bien el gobierno no reconoce el matrimonio entre homosexuales, la iniciativa resolutiva otorga cierto valor legal a este grupo minoritario. La norma será puesta en vigencia a partir del 15 de setiembre de este año.

Por Ana Bazo Reisman

lunes 25 de agosto 2014

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Tras varias conversaciones entre el Ejecutivo y la comunidad GLTBI (compuesta por gays, lesbianas, transexuales, bisexuales e intersexuales), se resolvió el acuerdo que permite la validez de uniones de hecho en el caso de parejas del mismo sexo dentro del Registro Civil, Identificación y Cedulación que rige en Ecuador.

Fue a través de una actividad pública transmitida por cadena nacional el pasado jueves, que el presidente Rafael Correa afirmó que la Resolución 0174-DIGERCIC-DNAJ-2014 cederá «el derecho legítimo de gente que ha sido invisibilizada durante mucho tiempo” a sustentar su condición de convivencia en su cédula de identidad.

Del mismo modo, el gobernante ecuatoriano aplaudió el esfuerzo de personalidades como Diane Rodríguez, activista transexual de quien señaló “admirar por su lucha” en el proceso de reconocimiento a las minorías. “Podemos compartir o no sus ideas pero todos tenemos derecho a la dignidad humana”, dijo Correa, siendo el primer presidente en la historia de Ecuador en siquiera entablar conversaciones con esta población minoritaria.

Resolución no implica nuevo Estado Civil

Para evitar confusiones, debe considerarse que los estados civiles permanecerán en la definición de soltero, casado, viudo y divorciado. La unión por convivencia podrá constatarse en la cédula a través de una denominación anexa a alguno de los estados mencionados, pero ello no implica que se instaure un nuevo estado civil.

Es de esta manera que la nueva resolución desfasa a la emitida en 2010, la misma que prohibía el registro de la unión de hecho en la cédula.

No habrá matrimonio entre homosexuales

Si bien la nueva resolución destraba algunas restricciones, el derecho a consignar la unión de hecho en el documento de identidad no advierte un avance entre las conversaciones en torno al ‘matrimonio gay’.

Correa fue enfático al descartar aquella solicitud, ya que vulneraría el Art. 67º de la Constitución de Ecuador, el cual confiere el derecho al matrimonio únicamente a parejas heterosexuales. Del mismo modo, la resolución no es aplicable con el Art. 68º de la carta magna de esa República, que atribuye los mismos derechos y obligaciones a familias constituidas tanto por unión de hecho como por matrimonio, porque este también se refiere solo a parejas de distinto sexo.

De tal manera, el mandatario volvió a descartar la aprobación de alguna facultad legal que otorgue el derecho de adopción a parejas homosexuales.

Sin embargo, el mandatario adelantó que otros temas vinculados a la discriminación por orientación sexual serán revisados lo más pronto posible. “Me comprometí a revisar y analizar la cuestión de identidad de género para ser constado en la cédula (documento de identidad)”, señaló el mandatario al calificar de “humillantes” los casos en los que hombres o mujeres que se identifican con el otro sexo son cuestionados por su apariencia durante sus trámites en oficinas estatales.

Al mismo tiempo, explicó que se legislará una sanción adicional en casos de discriminación laboral a personas GLBTI en el sector público y exhortó a homosexuales a denunciar si sufren actos discriminatorios de este tipo. Asimismo ordenó la aceleración indagatoria de 20 casos por crímenes de odio impunes en el país.

En la actualidad, son solo cuatro los países latinoamericanos que ya han aprobado el matrimonio igualitario. El primero fue Argentina, antecediendo a Uruguay y a Brasil. Por su parte, México ha legalizado esta unión solamente en el Distrito Federal y en la jurisdicción de Quintana Roo.

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