Corte Suprema define levantamiento de inmunidad para Benítez y Crisólogo
Pedido se hace en el marco de la investigación seguida contra parlamentarios por los presuntos delitos de asociación ilícita para delinquir.
Pedido se hace en el marco de la investigación seguida contra parlamentarios por los presuntos delitos de asociación ilícita para delinquir.
La Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria de la Corte Suprema de Justicia evalúa la solicitud de levantamiento de inmunidad para los congresistas Heriberto Benítez Rivas y Víctor Crisólogo Espejo, en el marco de la investigación seguida en su contra por los presuntos delitos de asociación ilícita para delinquir y otros en agravio del Estado por el caso “La Centralita”.
Dicho pedido, interpuesto por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Especializado en Crimen Organizado de la Sala Penal Nacional, fue remitido por el Poder Judicial al juez supremo José Lecaros Cornejo, titular de la referida comisión suprema. Asimismo, se cursó en dos tomos el Oficio Exp. N° 160-2014-54 de la mencionada investigación.
Bonus legal
En nuestro ordenamiento legal, el petitorio para que se levante la inmunidad parlamentaria y se pueda procesar penalmente a un parlamentario, debe ser formulado por la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria de la Corte Suprema de Justicia.
Dicha comisión está integrada actualmente por los jueces supremos José Luis Lecaros Cornejo —quien la preside—, Víctor Roberto Prado Saldarriaga y Duberlí Rodríguez Tineo.