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La Sunarp administrará sistema de constitución de empresas en línea

La Sunarp administrará sistema de constitución de empresas en línea

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ha designado a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) como la entidad responsable de administrar el Sistema de Constitución de Empresas en Línea a nivel nacional. Se busca que trámite concluya en no más de 72 horas sin necesidad de la presentación física de documentos.

Por Redacción Laley.pe

lunes 15 de septiembre 2014

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La Superintendencia Nacional de Registros Públicos será el órgano oficial encargado de administrar el Sistema de Constitución de Empresas en Línea a nivel nacional, el cual en su primera etapa solo se encargará de la constitución de las micro y pequeñas empresas. La constitución de dichas empresas se realizará a través del Sistema Integrado de Servicios Públicos Virtuales (SISEV). 

Así se ha establecido mediante el Decreto Supremo N° 007-2014-JUS publicado el sábado 13 de setiembre en el diario oficial El Peruano. Dicha norma señala, además, que la Sunarp dispondrá la ampliación progresiva del servicio de constitución de empresas en línea para las demás formas societarias y empresariales, teniendo en cuenta aquellas de mayor uso e impacto para la colectividad en general.

Igualmente, se dispone que la Sunarp dictará las disposiciones correspondientes que regulen el uso del Sistema de Constitución de Empresas en Línea a nivel nacional y adoptará las acciones para ampliar su cobertura a nivel nacional.

Inscripciones en 72 horas sin presentación física de documentos

Como se sabe, en la actualidad el servicio de constitución de empresas en línea requiere, adicionalmente a la presentación electrónica de los documentos requeridos, la presentación física de los mismos para dar inicio al trámite que conlleva a la futura inscripción de una empresa en Registros Públicos.

Por ello, con esta medida se buscaría optimizar el servicio de constitución de empresas en línea, reduciendo los tiempos y mejorando el clima de negocios para el país. Así, se establece como objetivo que el trámite concluya en un plazo no mayor de las setenta y dos (72) horas.

La norma también deroga el segundo y tercer párrafo del artículo 6 del Reglamento del TUO de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente, Decreto Supremo N° 008-2008-TR. Estos preceptos establecían que el sistema de constitución de empresas en línea se implementaría progresivamente a través de ventanillas únicas ubicadas en notarías, cámaras de comercio, municipios y lugares dispuestos por el Ministerio de Trabajo, según lo permitan las condiciones técnicas de cada localidad. 

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