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Se aprobó Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en edificaciones

Se aprobó Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en edificaciones

Ejecutivo aprobó Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en edificaciones con el objeto de establecer y regular los procedimientos técnicos y administrativos referidos a las inspecciones en edificaciones. De esta manera, se evaluará el cumplimiento de la normativa en materia de seguridad, y prevendrá el riesgo debido a un peligro originado por fenómeno natural o inducido por la acción humana.

Por Gabriela Quevedo

martes 16 de septiembre 2014

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Se ha aprobado el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en edificaciones-ITSE. Dicha norma se aplicará y será de cumplimiento obligatorio para personas naturales o jurídicas de derecho público o privado, propietarios y administradores de los objetos de inspección.

Así se ha señalado mediante Decreto Supremo N° 058-2014-PCM que se publicó el domingo 14 en el diario oficial El Peruano. Allí se recuerda que será el Centro Nacional de Estimulación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastre (Cenepred) quien asuma la competencia con respecto a las inspecciones técnicas, quien deberá además sancionar con la revocatoria y/o la suspensión a los inspectores técnicos de seguridad de incurrir en infracciones.

Asimismo se dice que el administrado que considere que se haya desconocido o lesionado su derecho o algún interés legítimo en el procedimiento ITSE, podrá interponer los recursos administrativos de reconsideración o apelación que serán resueltos por los gobiernos locales en un plazo no mayor de 15 días hábiles. 

En la norma también se señala cómo se realizará el procedimiento administrativo sancionador a los inspectores técnicos de seguridad; en ese sentido, se enumeran las conductas que serán consideradas leves, graves o muy graves y las sanciones correspondientes que el Cenepred deberá aplicar. De igual manera, los inspectores sancionados también podrán interponer recurso impugnativo dentro de los 15 días hábiles.

Por último, se pide a los inspectores técnicos de seguridad en defensa civil que soliciten al Cenepred su adecuación a la condición de inspectores técnicos de seguridad en edificaciones, en un plazo que no exceda los 180 días hábiles contados desde la vigencia del mencionado reglamento, a fin de obtener su nueva credencial.

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