¿Personal con pasado penal? Pues, sí. Una nueva propuesta legislativa solicita la modificación del Código de Ejecución Penal para permitir que personas que hayan purgado condena por algún delito sean reinsertadas al campo laboral con mayor facilidad.
En el texto del proyecto de ley se establecen tres modificaciones, dos incorporaciones y una sustitución literal que acondicionarían dicho objetivo. Por ejemplo, sería modificado el artículo 125 sobre los plazos para efectos de la asistencia postpenitenciaria. De esta forma, la asistencia iniciaría 60 días antes del egreso del recluso y finalizaría 36 meses después de su salida en libertad, con lo que se garantizaría el acceso a un empleo.
Así llegamos a la incorporación del artículo 128-A, el cual obligaría a instituciones públicas para contratar hasta en un 5% de su total de trabajadores a personas con antecedentes penales. En el caso de empresas privadas, el porcentaje obligatorio sería de un 3% en proporción a su número de personal.
De igual manera, y para impedir que se cree un ambiente discriminatorio en los centros laborales, la propuesta fija algunas modificaciones al Código Civil que ordenan la anulación del acto jurídico por la evidencia de prejuicios y trato diferenciado hacia el empleado. Por su parte, la Ley de Productividad y Competitividad Laboral también tendría una nueva variable que, por el mencionado motivo, plantearía la nulidad del despido.