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Colegios privados están obligados a anticipar información sobre pensiones del 2015

Colegios privados están obligados a anticipar información sobre pensiones del 2015

Además, se recuerda que no pueden impedirle el ingreso a clases ni el rendimiento de evaluaciones finales a alumnos que no hayan cancelado deudas por este mismo concepto. Norma es aplicable en todos los niveles educativos.

Por Ana Bazo Reisman

miércoles 26 de noviembre 2014

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¿Ya recibió comunicación del colegio de su hijo(a) sobre las pensiones que tendrá que cubrir cada mes durante el 2015? A pocos días de finalizar el año escolar, es probable que desee saberlo para tener calculados sus gastos. Y es que todo centro estudiantil privado tiene la obligación de informar a los padres de familia o tutores sobre el costo de la matrícula, pensiones o eventual incremento de los recibos del próximo periodo educativo. 

De igual manera, los colegios no podrán condicionar el rendimiento de exámenes finales de sus alumnos al pago de las pensiones que estos puedan adeudar con la institución por concepto de enseñanza. Las únicas vías establecidas para que el colegio insista con el cobro de la deuda es la retención de la libreta de notas o del certificado de estudios.

Estas obligaciones están expresamente contenidas tanto en la Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al Pago de Pensiones en Centros y Programas Educativos como en el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

De no cumplirlas, la administración del plantel estaría cometiendo una falta grave que Indecopi podría sancionar con miles de soles de multa.

Cifras y consultas

Según un reporte emitido por Indecopi, los 918 colegios privados intervenidos por esta autoridad en los últimos años han incurrido en al menos una infracción en el procedimiento del cobro de pensiones por concepto de enseñanza.  Precisamente, uno de los métodos más comunes constaba en el condicionamiento por parte del plantel educativo impidiendo el ingreso de los estudiantes a clases por no haber cancelado sus pagos.

De esta manera, la institución recalcó que los centros de estudios tienen la obligación de informar a los padres de familia o tutores sobre las modalidades de pago para el subsiguiente periodo educativo así como la probabilidad de incremento en los recibos. 

Con relación a otra normativa impuesta por la entidad de control, queda prohibido el direccionamiento de compra de determinadas marcas por concepto de uniformes y útiles escolares, así como el cobro de cuotas extraordinarias, falta de información de condiciones económicas y cobro de pensiones adelantadas.

Para conocer cuáles son los centros educativos más sancionados, puede acceder a esta página

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