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Justicia colombiana emitiría su primera condena por racismo

Justicia colombiana emitiría su primera condena por racismo

La ‘Ley antidiscriminación’ ha ayudado a sancionar a un funcionario que describió a la comunidad negra e indígena de su región como ‘un cáncer’. La pena podría constar de hasta tres años de pena privativa de la libertad, siendo el primer fallo en la historia del país sudamericano para combatir el racismo o discriminación.

Por Ana Bazo Reisman

miércoles 3 de diciembre 2014

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Un radical comentario podría llevar a prisión a un funcionario edil en Colombia. Se trata de Fernando Antonio Delgado, concejal provincial del municipio de Marsella, quien hace dos años expresó una frase discriminatoria en plena sesión de funcionarios.

“Siendo sinceros, grupos difíciles de manejar como los desplazados, las negritudes y los indígenas, son tres cánceres que tiene el Gobierno Nacional y Mundial” fueron las expresiones del funcionario durante una sesión del Concejo en agosto del 2012 que, tras hacerse públicas, ameritaron la apertura de un proceso judicial que se definiría con una pena en su contra.

Tras decidir su culpabilidad, el Sexto Juzgado Penal de Conocimiento de Pereira emitirá en los próximos días la sentencia condenatoria tras determinar que el concejal cometió hostigamiento por razón de raza, un delito comprendido en la ‘Ley antidiscriminación’ de ese país.

Según la ley, el funcionario podría afrontar una pena comprendida entre uno y tres años de prisión o una multa de diez a quince salarios mínimos vigentes. Por otro lado, se cuestiona su estabilidad en la esfera política, pues el inciso 3 del artículo 134C establece como circunstancia agravante que la acción discriminatoria sea realizada por un servidor público. 

La mencionada norma (Ley Nº1482), promulgada el 2011, modificó el Código Penal colombiano con el fin de garantizar la convivencia y la protección del derecho a la identidad de las personas, por lo que califica como delito cualquier acto de discriminación que cause daño físico o moral. Precisamente, las palabras de Delgado fueron duramente criticadas y consideradas como violatorias del artículo 134B de la norma.

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