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Indecopi anuló consejo directivo de Apdayc

Indecopi anuló consejo directivo de Apdayc

El Indecopi declaró la nulidad de los registros del consejo directivo, comité de vigilancia y consejo consultivo de Apdayc. Además, la Comisión de Derecho de Autor solicito a Apdayc convocar a asamblea general de asociados para elegir al comité electoral.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 7 de enero 2015

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Un nuevo resultado negativo para Adpayc. El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha dipsuesto la cancelación del registro de su consejo directivo, comité de vigilancia y consejo consultivo de Apdayc. La razón se debe a que los estatuos de dicha asociación infringen la Ley del Derecho de Autor.

Para ser más precisos, la Comisión de Derecho de Autor del Indecopi aplicó dicha medida al determinar que el artículo 35 de los estatutos de Apdayc establece un sistema de participación que infringe lo establecido en el artículo 153, literal d) del Decreto Legislativo 822 (Ley sobre Derecho de Autor), por cuanto la determinación de los votos por condición societaria, en algunos casos, no es proporcional a la efectiva utilización de las obras.  

Por tanto, la Comisión encargada del Indecopi sancionó a Apdayc con una multa de 50 UIT por infracción a la legislación sobre Derecho de Autor.  

Además, se determinó que el sistema de elecciones de Apdayc, el mismo que depende directamente del sistema de distribución, es arbitrario (de acuerdo a lo resuelto en el expediente acumulado 2239-2013/DDA-INDECOPI), lo cual genera una distorsión en el sistema de participación de sus asociados.    

Por último, el Indecopi requirió al presidente del Consejo Directivo de Apdayc que convoque a asamblea general de asociados en un plazo no mayor a diez días hábiles para elegir a los miembros del comité de elecciones que conducirán el proceso para elegir al nuevo consejo directivo y comité de vigilancia.

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