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Demandas contra la Ley Universitaria serán resueltas en marzo por el TC

Demandas contra la Ley Universitaria serán resueltas en marzo por el TC

Tras varios meses de debate sobre la inconstitucionalidad de la Ley Universitaria, el Tribunal Constitucional se pronunciará sobre las demandas interpuestas individualmente por el Congreso de la República, el Colegio de Abogados de Lima, el Colegio de Abogados de Lima Norte y más de ocho mil ciudadanos. Dada la trascendencia de este tema, conviene recordar cuáles son los puntos del reclamo en común por los que se exige la declaración de inconstitucionalidad.

Por Ana Bazo Reisman

martes 10 de febrero 2015

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El presidente del Tribunal Constitucional, Óscar Urviola Hani, ha anunciado la emisión de un fallo común para resolver las tres demandas que pesan sobre la Ley Universitaria (Ley Nº 30220), promulgada hace siete meses. El pronunciamiento del Pleno será programado para marzo.

Las demandas admitidas por el Tribunal fueron interpuestas por 47 parlamentarios del Congreso de la República, el Colegio de Abogados de Lima y el Colegio de Abogados de Lima Norte. Una cuarta demanda presentada con el respaldo de 8,411 ciudadanos también será considerada en el proceso. Los principales reclamos de cada representación convergen sobre tres puntos en común para solicitar que se declare la inconstitucionalidad de la norma:

. La Superintendencia de Educación Universitaria (Sunedu) afecta la autonomía universitaria:

Si bien el artículo 5 de la Ley 30220 destaca que la autonomía es una garantía primordial en las universidades, los demandantes sostienen que la creación de la Sunedu contraviene a este principio. Esto, porque además de ser una institución adscrita al Ministerio de Educación, su máxima autoridad es elegida por ese órgano del Estado, como así lo estipula el artículo 17.

. Limita la edad laboral de los maestros en universidades públicas:

El artículo 84 de la norma precisa que, en el caso de universidades estatales, los profesores activos no deben pasar la edad de setenta años. Este límite no afecta el sector de casas de estudio privadas, por lo que los demandantes consideran que la disposición es discriminatoria y afecta los derechos laborales.

. Autoridades de universidades públicas perdieron los puestos que les correspondían bajo la anterior ley:

La aplicación de la nueva ley, especialmente de su artículo 66, tuvo carácter retroactivo pese a la legitimidad de los puestos ocupados por los rectores de las universidades públicas. Tras la promulgación, el cese de estos funcionarios fue automático aun cuando la Ley 27333 los facultaba para continuar.

Cabe recordar que el TC ya ha atendido en audiencia pública a la representación de los demandantes del Congreso el pasado 30 de enero. Tras la exposición de informes orales por las partes, el alto Tribunal decidió dejar al voto la demanda. Dado que los reclamos principales son análogos en las cuatro acciones de inconstitucionalidad, la resolución será conjunta.

Revise también: Lea la sentencia del PJ que declaró inaplicable la Ley Universitaria

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