Un 20% de la música que se escuchará en cada radioemisora chilena será de producción nacional. Asimismo la mitad de ese porcentaje deberá ser emitido obligatoriamente dentro del horario de las seis de la mañana hasta las diez de la noche, priorizando en una cuarta parte la difusión de música emergente o regional que tenga menos de tres años de antigüedad.
Así lo establece el informe aprobado con 16 votos a favor por la Cámara del Senado de Chile, el cual modifica la Ley 19.928 sobre el fomento de la música originaria de ese país. El documento fue preparado por la Comisión Mixta del Parlamento en vista de la poca efectividad de la norma promulgada el 2004.
De incumplir con estas nuevas disposiciones, la radioemisora tendrá que asumir el pago de multas que pueden ir desde los 215.340 hasta los 2.153.400 pesos chilenos –unos 342 a 3.428 dólares, respectivamente – montos que podrían aumentar si se comprueban reincidencias.
Durante el debate se descartó la posibilidad de otorgar un plazo de adecuación a las Casas de radio, de modo que la aplicación de la ley será inmediata una vez que se publique en el Diario Oficial.
Según reportes estadísticos publicados por el Consejo Nacional de Cultura y Artes de Chile (CNCA), apenas un 8% a 10% de las radios en el país sureño emiten temas musicales de intérpretes o grupos nacionales.