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Las noticias de la semana que no debe perderse

Las noticias de la semana que no debe perderse

Al finalizar la semana, cabe hacer un breve resumen de cuáles han sido las noticias más importantes que estuvieron en vitrina y en debate. En él incluimos las últimas sentencias de los tribunales del sistema de justicia, así como las nuevas leyes, y completos informes publicados en nuestro portal.

Por Redacción Laley.pe

sábado 21 de marzo 2015

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1. Dini actuó a espaldas del Congreso

Tras la denuncia revelada por la revista Correo Semanal, sobre la lista que  elaboró la DINI al haber investigado los bienes patrimoniales de algunos personajes, entre ellos políticos y empresarios; cabe cuestionarse sobre la licitud de dichos informes y la responsabilidad que tuviera quien estuviera al frente de ésta.

Todas las actividades que realice la DINI, deben presentarse en un informe anual a la Comisión de Inteligencia del Congreso para su fiscalización y control posterior. El desconocimiento por parte del Congreso de las actividades de la DINI, tal como señala la norma, generará responsabilidad que recae en la Presidencia del Consejo de Ministro, la señora Ana Jara.

2. Convivientes podrán adoptar a menores de edad declarados en abandono

Se publicó una reciente ley, Ley N° 30311, en donde se permite que las parejas que conforman una unión de hecho puedan adoptar menores de edad declarados judicialmente en abandono. Con ella, se subsana el error que existía en el texto original de la norma, que solo permitía adoptar a los cónyuges y personas solas. Para ello, se ha modificado los artículos 378 y 382 del Código Civil.

3. Empresa usuaria también es responsable de indemnización por accidente laboral

La Corte Suprema ha establecido que existe responsabilidad solidaria entre empresas vinculadas por una relación de intermediación, incluso respecto a la indemnización por accidentes de trabajo. Cuando un trabajador sufre un accidente laboral se origina la obligación del empleador de resarcir el daño sufrido. Sin embargo, cuando el accidente se produce en el contexto de una intermediación laboral, la obligación de resarcir el daño es solidaria tanto por el empleador como por la empresa usuaria (Casación N° 2743-201-La Libertad).

4. Jueces de familia son competentes para resolver demandas de interdicción

La Sala Civil Permanente de la Corte expone que el pedido de familiares directos para que se declare la incapacidad de una persona y se nombre un curador debe ser conocido por el juez de familia (Casación N° 3385-2013-Sullana).

La interdicción civil es un proceso por el cual a pedido de familiares directos se declara la incapacidad de una persona respecto al ejercicio de sus derechos civiles con el consecuente nombramiento de un curador. Debe ser, además, conocido por el juez especializado de familia, al atender al criterio de especialidad de la materia controvertida, y estar así expresamente regulado en el artículo 547 del Código Procesal Civil.  

5. Día del Consumidor… ¿hay mucho por celebrar?

Este 2015 se cumplirán cinco años de haberse publicado el Código del Consumidor en el Perú. Un total de 1825 días que Indecopi ha dejado transcurrir sin presentar un solo Informe Anual de Consumo, documento que está obligado a redactar según esta norma, lo cual podría ser una de las razones que explican el creciente nivel de insatisfacción de los consumidores frente a las malas prácticas de algunas empresas.

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