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Legítima defensa también puede ser ejercida contra menores de edad

Legítima defensa también puede ser ejercida contra menores de edad

¿El boxeador Carlos ‘Mina’ Zambrano deberá ser procesado por lesionar al menor que pretendió apoderarse de sus pertenencias? Todo indica que Zambrano sí ejerció debidamente el derecho a la legítima defensa, pues no existieron agresiones innecesarias y no era previsible que conociera la minoría de edad del delincuente.

Por Redacción Laley.pe

jueves 21 de mayo 2015

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Hace unos días, el boxeador Carlos Zambrano fue víctima de dos delincuentes que sustrajeron cosas de su vehículo, quienes al ser descubiertos emprendieron la huida seguidos detrás por el deportista. Uno de ellos lo enfrentó, pero fue vencido y conducido por Zambrano y miembros del serenazgo a la Comisaría de San Luis, donde se descubrió que el ladrón era menor de edad.

Por esta razón, trascendió que existe la posibilidad que el boxeador tenga que enfrentar un proceso judicial en su contra por haber lesionado a un menor de edad. ¿Es posible que Zambrano sea condenado por lesiones? Veamos.

Uno de los presupuestos para una legítima defensa es que la víctima tenga que hacer frente a una agresión ilegítima a la que debe repeler mediante medios razonables. Sobre este último punto, cuando el delincuente sea un menor de edad que está intentando sustraer bienes de la víctima, podría exigírsele a esta un mayor cuidado de modo que solo el delincuente sea reducido sin más lesiones que las necesarias para que la víctima pueda resguardar o recuperar los bienes que intenta proteger.

Sin embargo, para que le sea exigible a una persona dicho cuidado, debe saber que está frente a un menor de edad; de lo contrario, se evaluará su conducta conforme a los supuestos generales de la legítima defensa. Esto es, se verificará que la defensa haya sido razonable bajo las circunstancias de cada caso en concreto, evaluando la intensidad de la agresión (si el delincuente utilizó armas o generó una situación de peligro real a la vida o integridad física de quien ejerce la legítima defensa), los medios con los que contaba quién se defiende, si hubo resistencia por parte del agresor, etc.

Por lo tanto, las lesiones producidas por Carlos Zambrano no resultarían penalmente perseguibles porque todo hace indicar que ejerció una defensa razonable (conforme a lo difundido por la prensa, el menor no registró lesiones especialmente graves), y además su defensa fue realizada en un escenario en el que no le era posible verificar la edad de su agresor; más aún si a esto se le suma que entregó al delincuente a las autoridades.

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