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Contraloría debe investigar a Roy Gates por defensa a Nadine Heredia

Contraloría debe investigar a Roy Gates por defensa a Nadine Heredia

Como se recuerda, el hoy defensor legal de la Primera Dama tuvo acceso a información privilegiada sobre el caso del detenido empresario al reunirse con exministro de Justicia Daniel Figallo y exprocuradora Yeni Vilcatoma el año pasado. Si bien el funcionario renunció al cargo luego de dos meses de ocurrido el cuestionado incidente, el uso de su conocimiento en torno a la investigación para prestar servicios particulares a Nadine Heredia es equivalente a incompatibilidad sancionada por ley.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 3 de junio 2015

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¿El exconsejero jurídico de la Presidencia estaría legitimado para ser el defensor particular de la Primera Dama? ¿Habría conflicto de intereses considerando que mientras cumplía  funciones para el Estado revisó el caso Martín Belaunde Lossio y es esa misma investigación la que hoy motiva que defienda a Nadine Heredia? Estas son las preguntas que especialmente se formulan desde que Eduardo Roy Gates acompañó el pasado viernes a Heredia al Congreso, en donde la esposa de Ollanta Humala compareció ante la Comisión que investiga al detenido empresario así como sus presuntos vínculos con las más altas esferas del poder.

Como se recuerda, fue por este evento que se cuestionó al abogado tras reunirse  con los también retirados del sector Justicia Daniel Figallo y de la Procuraduría, Yeni Vilcatoma, siendo esta última quien en su momento denunció la existencia de intereses particulares por parte de los funcionarios de Estado. Ahora, de demostrarse que Roy Gates utiliza la información que conoció cuando sirvió al Estado, el abogado incurriría en una falta y tendría que asumir una penalidad por incumplir lo establecido por norma. En este caso, es la Contraloría la que debe verificar que no exista esta incompatibilidad, tal y como lo señala el artículo 5 de la Ley que establece prohibiciones en el actuar de funcionarios y servidores públicos.

¿Estaría Roy Gates haciendo uso de información privilegiada?

Resulta por lo menos obvio que el abogado accedió a información privilegiada sobre el caso cuando prestaba sus servicios a la Presidencia. Por ello, en caso se haya utilizado dicha información para definir la estrategia de defensa de Nadine Heredia (lo cual se puede materializar a través de escritos o declaraciones públicas), el abogado Roy Gates habría incurrido en una infracción legal, tal como veremos a continuación.

Según el artículo 1 de la Ley Nº 27588 que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos, los asesores con cargos específicos que han accedido a información privilegiada están obligados a guardar secreto o reserva de la misma.  De esta manera, toda información que tenga este carácter no puede ser empleada en la prestación de servicios, representaciones remuneradas, membresía en directorios, accionariado o celebración contractual en su beneficio ni tampoco en beneficio de terceros, pues esto supondría un perjuicio para el Estado.

Si bien Roy Gates ya no cumple funciones para el Estado, el artículo 2 de la citada norma precisa que las restricciones son también aplicables hasta un año posterior al cese, renuncia, destitución, despido o culminación de los servicios del trabajador público.

Sin embargo, la penalidad por esta actuación no es severa. En el artículo 4 de la ley se establece que el incumplimiento de sus disposiciones da lugar a un cobro, cuyo monto ascenderá “al monto total de las remuneraciones, honorarios, dietas o cualquier otro beneficio económico recibido o pactado, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales.”

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