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Avisos de solicitudes de marcas ya no se publicarán en El Peruano

Avisos de solicitudes de marcas ya no se publicarán en El Peruano

Actualmente, publicar una solicitud de registro de marca en el diario oficial cuesta en promedio 380 soles. ¿El nuevo procedimiento para difundir estas solicitudes permitirá abaratar los costos de publicación? Entérate aquí sobre estos cambios.

Por Redacción Laley.pe

jueves 8 de octubre 2015

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La solicitud de registro de una marca ya no se publicará en el diario oficial El Peruano, pues próximamente tal acto solo se difundirá en la Gaceta Electrónica del Indecopi.  De esta manera, se espera que se abarate para los ciudadanos el costo de publicación de los avisos de solicitudes de marcas.

En efecto, hoy publicar uno de estos avisos cuesta en promedio 300 nuevos soles (si solo se pide el registro en una sola clase), monto al cual debe sumarse la tasa de derecho de trámite de la solicitud, que asciende a 535 nuevos soles. Con este cambio disminuiría al menos el costo de difusión del aviso, en la medida de que se trataría de una publicación en soporte electrónico que deberá implementar y administrar el propio Indecopi.

Así lo dispuso el Decreto Legislativo N° 1212, norma que reforzó las facultades sobre eliminación de barreras burocráticas para el fomento de la competitividad, publicada en el diario oficial El Peruano el jueves 24 de setiembre de 2015.

En estricto, el artículo 6 de dicha norma establece que, luego de concluido el examen formal, y verificado el cumplimiento de los requisitos previstos en los artículos 138 y 139 del Régimen Común de la Propiedad Industrial, Decisión N° 486, para la solicitud de registro de marcas, la Dirección de Signos Distintivos publicará, por una sola vez, en la Gaceta Electrónica del Indecopi, la solicitud de registro respectiva.

La norma prevé que esta disposición también será aplicable a las solicitudes de registro de los demás elementos de propiedad industrial comprendidos dentro de los alcances de la mencionada Decisión, vale decir, patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, nombres y lemas comerciales, entre otros.

No obstante habrá que esperar a que el Ejecutivo reglamente este procedimiento, pues se dispone que mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, se regulará la implementación de esta nueva modalidad de publicación. Recién con este dispositivo legal podrán entrar en vigencia estos cambios.

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