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Más del 40% de las demandas de amparo reclaman derechos pensionarios

Más del 40% de las demandas de amparo reclaman derechos pensionarios

Un reciente informe presentado por la Defensoría del Pueblo revela que el 41% de las demandas de amparo presentadas ante los juzgados constitucionales de la Corte de Lima tienen como finalidad discutir el derecho a la pensión. Además revela que el 88% de amparos se presentan contra el Estado.

Por Redacción Laley.pe

viernes 20 de noviembre 2015

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La Defensoría del Pueblo ha publicado un reciente informe de la situación de los procesos de amparo en los juzgados constitucionales del Distrito Judicial de Lima. El estudio defensorial contiene información en relación a la duración de los procesos, la ejecución de las sentencias, la carga procesal y las líneas jurisprudenciales que se aplican.  

Según el informe N° 172 presentado el 19 de noviembre último, las personas adultas mayores (51%) son las que más acuden al proceso de amparo, y principalmente solicitan la defensa de sus derechos fundamentales a la pensión y la seguridad social. Tal es así que los derechos a la pensión llega a ser el 41% de las causas presentadas, el 28% a la seguridad social, y un 26% a la tutela judicial efectiva. 

El Estado es el más demandado 

Un segundo resultado que arrojó la investigación es que el 88% de los procesos de amparo en marcha se encuentra involucrado el propio Estado. En detalle, la ONP alberga el 29% de las demandas, mientras que el Poder Judicial alcanza el 14%, el sector Interior el 12%, y por último, mientras que el amparo contra particulares representa el 12%.   

La Defensoría sostiene que, en promedio, un proceso tarda 3 años en ser resuelto, considerando únicamente la primera y segunda instancia, sin continuar un proceso ante el Tribunal Constitucional. La investigación pone énfasis que considerando el alto índice de adultos mayores que interponen las demandas, y además tratándose de la defensa de derechos fundamentales; por tanto, los procesos deberían tener una duración razonable. 

Es importante señalar que uno de los factores que retrasa los procesos de amparo previsional contra la ONP es el tiempo que demora la solicitud y remisión del expediente administrativo. Según la Defensoría, el juez realiza el requerimiento a los 12 meses de presentada la demanda, y la ONP demora 7 meses en remitirlo al juzgado. 

Además, se tiene registrado que desde el 2014, la ONP envía el contenido digitalizado del expediente administrativo en un CD; no obstante, dicho proceder, afecta el normal desarrollo del proceso, debido a que los órganos jurisdiccionales no cuentan con la logística necesaria para poder visualizarlo electrónicamente, y el demandante (por lo general adulto mayor), presenta dificultades para acceder a tal información.

Ante tales hechos, la Defensoría del Pueblo, entre otras recomendaciones, ha exhortado a los jueces constitucionales de la Corte Superior de Justicia de Lima calificar rápidamente las demandas ingresadas, y disponer en el auto admisorio el requerimiento del expediente administrativo a la ONP, de conformidad con su rol de dirección del proceso. Por último, solicita identificar aquellas demandas que requieren de un trámite preferente, teniendo en cuenta la vulnerabilidad de la parte demandante.

El dato:

Para tal investigación, la Defensoría ha trabajado en ocho juzgados constitucionales del distrito judicial de Lima, en donde ha revisado una muestra de 404 expedientes de procesos de amparos -culminados en el 2014-, y 116 sentencias judiciales emitidas en el mismo año. De igual forma, ha realizado entrevistas y mesas de trabajo con jueces y personal jurisdiccional. 

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