Viernes 19 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

Caso Manuel Burga: 7 pasos para entender el proceso de extradición

Caso Manuel Burga: 7 pasos para entender el proceso de extradición

A pedido de la justicia norteamericana, el ex titular del fútbol nacional, Manuel Burga, ha sido detenido por presuntos delitos de corrupción y lavado de activos, entre otros. ¿Cuáles son los pasos necesarios para que proceda su extradición a los Estados Unidos, donde será finalmente procesado? Aquí los explicamos.

Por Branko Slavko Yvancovich Vásquez

jueves 10 de diciembre 2015

Loading

[Img #9877]

El escándalo de corrupción entre las más altas autoridades del fútbol internacional conocido como ‘Fifagate’ ha alcanzado al Perú. Días atrás, a pedido de la Fiscalía estadounidense, el expresidente de la Federación Peruana de Fútbol (FPF), Manuel Burga Seoane, fue detenido por presuntamente haber cometido delitos graves durante su pasada gestión, entre los que se encuentra el lavado de activos. De esta manera, quien fuera el responsable del fútbol nacional se verá inmerso en un proceso especial denominado extradición.

La extradición es un acto de cooperación judicial internacional realizado entre un Estado requirente y uno requerido. Su finalidad es poner a disposición de la justicia a toda persona que se encuentre procesada, acusada o condenada como autor o partícipe de un delito cometido en el Estado requirente.

Cuando nuestro país solicita la extradición, el término a utilizar es el de “extradición activa”; pero cuando es otro el Estado que le solicita al Perú la extradición de una persona, nos encontramos ante un proceso de “extradición pasiva”, que es justamente el escenario que hoy afronta Manuel Burga.

Como se recuerda, este procedimiento está regulado por el Código Procesal Penal de 2004 (arts. 513 y sgtes.) y por las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, Decreto Supremo N° 16-2006-JUS. Sobre las base de estos dispositivos legales, a continuación explicaremos el trámite que se seguirá en el caso del ex titular del fútbol peruano.

Paso 1: Entrega de la solicitud

Las solicitudes de extradición pasiva hechas por los Estados extranjeros son remitidas a la Fiscalía de la Nación. Esta comunica al Juez de la Investigación Preparatoria para que dicte mandato de detención con fines extradicionales contra la persona requerida. Una vez hecho, se tomará su declaración en presencia del fiscal, informándose previamente sobre los motivos de la detención y los detalles de la solicitud de extradición.

Paso 2: audiencia de control

El juez de la investigación preparatoria cita a audiencia dentro de los 15 días al extraditado, a su defensor, al fiscal provincial, al representante designado por la embajada del país requirente y su abogado. En ella, se precisan las causales y el detalle del contenido de la demanda de extradición, así como los documentos y elementos de prueba. Luego de emitidos los alegatos de las partes concurrentes, el expediente se eleva inmediatamente a la Sala Penal de la Corte Suprema. Si el detenido no es la persona requerida, el juez declara su libertad y ordena la detención de la persona correcta.

Paso 3: Control de juridicidad en la Corte Suprema

La Sala Penal de la Corte Suprema señala fecha para la audiencia de extradición, la cual se lleva a cabo con los que asistan. Luego de escuchadas a las partes, la Corte Suprema emite resolución consultiva en el plazo de 5 días, la que será notificada y remitida al Ministerio de Justicia en el plazo de 3 días. Si el extraditado, en cualquier etapa judicial, da su consentimiento libre y expreso a ser extraditado, se concluirá el proceso y sin trámite alguno, se dictará la resolución consultiva favorable.

En caso la resolución consultiva de la Corte Suprema fuera contraria a la extradición, el gobierno quedará vinculado a dicha decisión. Si la decisión fuera favorable, el gobierno también podría decidir negar la solicitud.

Paso 4: Recepción de la resolución de la Corte Suprema

Remitida la resolución de la Corte Suprema al Consejo de Ministro, por conducto del Ministerio de Justicia, se forma una comisión oficial de extradiciones y traslado de condenados, integrada por representes del Ministerio de Justicia y de Relaciones Exteriores. Esta comisión tiene 5 días para emitir y elevar su informe motivado al Ministro de Justicia, el cual solamente será ilustrativo y no vinculante.

Paso 5: Evaluación de la extradición

Recibidos los informes de la comisión y con lo resuelto por la Corte Suprema, el Ministro de Justicia expone ante el Consejo de Ministros los resultados de la evaluación efectuada y sus conclusiones sobre la solicitud de extradición. Si la demanda de extradición pasiva no estuviera debidamente instruida o completa, la autoridad central, a instancia del órgano jurisdiccional y en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Justicia, pedirá al Estado requirente absuelva los errores en un plazo máximo de 30 días. De no hacerlo, la persona detenida preventivamente podrá ser puesta en libertad.

Paso 6: Control de politicidad

El gobierno accede o deniega la solicitud de extradición mediante resolución suprema expedida por el Ministro de Justicia en concordancia con el acuerdo del Consejo de Ministros. La decisión solamente tendrá en consideración lo expuesto por la Corte Suprema y la comisión oficial, pudiendo decidir en contra lo expuesto por ellas, salvo que se trate de una resolución en contra de parte del órgano jurisdiccional.

Paso 7: Resolución suprema y ejecución

La resolución suprema emitida por el Consejo de Ministros será puesta en conocimiento de la Fiscalía de la Nación y del Estado requirente por la vía diplomática. Si la decisión es denegatoria de la extradición, la Fiscalía de la Nación comunicará el hecho a la Interpol.

Si se concede la extradición, el Estado requirente deberá efectuar el traslado del extraditado en 30 días. Si no lo hace dentro del plazo, será puesto en libertad y el Estado requirente no podrá reiterar la demanda de extradición.

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS