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Notificaciones electrónicas son ahora obligatorias en la Corte de Lima

Notificaciones electrónicas son ahora obligatorias en la Corte de Lima

Disposición para implementar el novedoso sistema en cinco sedes de la jurisdicción capitalina entró en vigencia desde el 30 de diciembre del 2015.

Por Redacción Laley.pe

jueves 7 de enero 2016

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Con el inicio del nuevo año judicial 2016, se hace efectiva la disposición de implementar el Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE) en las cinco sedes jurisdiccionales de la Corte Superior de Lima. Esto implica que los jueces ahora exijan a los litigantes y partes del proceso señalar su domicilio procesal electrónico a fin de acceder a este servicio. El SINOE será aplicado tanto para demandas nuevas como para los procesos en trámite o ejecución.

Así lo estableció la propia corte mediante la Resolución Administrativa Nº 001-2016-P-CSJLI/PJ publicada el martes 5 de enero en el diario oficial El Peruano.

El sistema funciona ahora en los edificios Javier Alzamora Valdez, Anselmo Barreto León, El Progreso y Rabanal Backus, sedes judiciales ubicadas en Cercado de Lima. Asimismo, se encuentra implementado en el edificio Alimar, ubicado en el distrito de Lince.

Las especialidades que serán atendidas a través del SINOE son Civil, Laboral, Constitucional, Familia y Contencioso-Administrativo (solo en sede Alzamora Valdez), Penal (solo en edificios Barreto León, El Progreso y Alimar), así como Tributario, Aduanero y Mercantil (únicamente en Rabanal Backus).

Como se recuerda, el artículo 157 del Código Procesal Civil (CPC) especifica que las notificaciones de las resoluciones judiciales que se direccionan electrónicamente deben contar con una plataforma de casillas electrónicas, como así lo establece el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

De otro lado, el artículo 424 del CPC indica que la demanda debe presentarse por escrito y contener, entre otros datos, precisiones sobre la identidad, dirección domiciliaria, domicilio procesal del demandante y el domicilio procesal electrónico. A este último corresponde la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial en cumplimiento de la Ley 30229.

 

Resolución Administrativa Nº 768-2015-P-CSJLI/PJ

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