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Conozca por qué se declaró inadmisible la inscripción de Julio Guzmán

Conozca por qué se declaró inadmisible la inscripción de Julio Guzmán

El Pleno del Jurado Electoral Especial Lima Centro 1 declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos para la presidencia y vicepresidencia del partido político Todos por el Perú. De no subsanar las observaciones en el plazo determinado, la inscripción del partido de Julio Guzmán finalmente será declarada improcedente.

Por Karen Burbano De la Puente

viernes 19 de febrero 2016

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Después de dos días de que el Jurado Nacional de Elecciones declarara improcedente el registro de las modificaciones del estatuto y del cambio de autoridades partidarias de la agrupación política de Todos por el Perú (TPP), dejando así a Julio Guzmán con un pie fuera de la contienda electoral, un nuevo fallo desestabiliza aún más su participación. Y es que el Jurado Especial Electoral (JEE) de Lima Centro 1 declaró inadmisible su inscripción presidencial.

El JEE ha observado que el acta de elección interna que acompaña la solicitud de inscripción de TPP ha sido suscrita por los tres miembros del Tribunal Nacional Electoral (TNE); no obstante, al realizar la búsqueda en el Sistema de Registro de Organización Políticas (ROP) se percató que los miembros que rubricaron el acta no se encontraban inscritos como miembros del referido tribunal en el ROP.

Por lo tanto, la instancia electoral sostiene que siendo la elección de autoridades y candidatos de los partidos políticos, «debe regirse por las normas de democracia interna establecidas en la Ley de Organizaciones Políticas (LOP), así como en sus normas estatutarias, conforme a lo previsto en el art. 19° de la precitada ley; se deberá cumplir con informar y precisar la designación y conformación del Tribunal Nacional Electoral, adjuntando la documentación que se consideren pertinentes para tal efecto».

Una segunda observación advertida fue que según el último párrafo del artículo 59 del estatuto inscrito en el Registro de Organizaciones Políticas, es requisito para ser miembro del TNE ser afiliado de Todos por el Perú. Sobre este punto, al realizarse la búsqueda en el Sistema del Registro de Organizaciones Políticas, se tomó en cuenta que el Vocal del Tribunal Nacional Electoral, el cual suscribió el acta, tampoco cuenta con ningún registro de afiliación.

Sobre el particular, la agrupación política de Julio Guzmán deberá cumplir con «precisar, si a la fecha de emitida el acta de elecciones internas, el vocal que la suscribe, contaba con la condición de afiliado a la organización política solicitante, debiendo cumplir con adjuntar los documentos que considere pertinentes a efectos de acreditar dicha condición».

Por úlltimo, el JEE de Lima Centro 1 concedió dos días hábiles a TPP para subsanar las observaciones advertidas, de lo contrario procederá a declarar improcedente su solicitud de inscripción.

Lea aquí la resolución completa:

299801723-RES001-EXP064-2016 by La Ley

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