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Cuando los jueces violan la libertad de expresión

Cuando los jueces violan la libertad de expresión

El autor señala que la jueza que sentenció al periodista Rafo León por presunta difamación en contra de Martha Meier Miró Quesada desconoció que las opiniones críticas también están protegidas por el derecho a la libertad de expresión. Por tanto, el criterio tomado para fallar en contra del periodista carece de real fundamento. Además, recuerda casos como el del comunicador Fernando Valencia, también sentenciado recientemente por el mismo delito.

Por Samuel Abad Yupanqui

miércoles 4 de mayo 2016

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«(…) Estoy seguro de que las cabezas del diario hoy, lo que más quieren es zafarse de la prima insurrecta que tanto impacto negativo viene causando desde que tomó el cargo (…)». Esta y otras opiniones del ya famoso artículo «¿Qué hacemos con la primita», publicado en «Caretas» hace casi dos años, han motivado la condena del periodista Rafo León por difamación agravada de otra periodista: Marta Meier Miró Quesada.

Para la jueza penal, el artículo contiene elementos que «son abiertamente diatribas» que perjudican su honor, que pretenden «inutilizarla como profesional» y que no forman parte del ejercicio de la libertad de expresión. Agrega que León ha querido «descalificar», «despotricar» y tratar «que la expectoren». Al margen de los términos empleados, estamos ante una lamentable decisión que penaliza las opiniones efectuadas por un  periodista en legítimo ejercicio de su libertad de expresión. Veamos.

La historia de la libertad de expresión en el Perú ha tenido varias etapas tanto en dictaduras como en democracia. La censura gubernamental y deportación de periodistas, la «compra» directa o indirecta de medios de comunicación, el acoso y seguimiento a periodistas independientes, así como la instrumentalización y los abusos del Poder Judicial, son algunos ejemplos de lo sucedido. En pleno siglo XXI aún subsisten problemas. El caso del periodista Fernando Valencia por supuestamente haber difamado al expresidente García y, recientemente, el caso Rafo León demuestran que ciertos jueces no se toman «en serio» lo que significa vivir en una democracia tolerante y plural donde el discurso crítico es fundamental.

Disgustar no genera delito. Las opiniones vertidas en «¿Qué hacemos con la primita?», no deben haberle agradado a la Sra. Meier. Sin embargo, basta leerlas para darse cuenta de que no son ofensivas ni insultantes. Pese a ello, motivaron una condena. La jueza desconoce que hasta un discurso sumamente crítico y poco grato está protegido por la libertad de expresión.

Como recuerda un Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos la libertad de expresión «debe garantizarse no sólo en cuanto a la difusión de ideas e informaciones recibidas favorablemente o consideradas inofensivas o indiferentes, sino también en cuanto las que ofenden y chocan. Así lo exigen el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, sin los cuales no existe una sociedad democrática«. Incluso, según la Sala Penal Permanente de nuestra Corte Suprema «las críticas, casuísticas o ataques incisivos y poco gratos (son) necesariamente tolerables para afianzar la libertas de opinión» (Exp.1372-2010-Amazonas, Considerando 39).

Por ello, no se explican -jurídicamente- las razones que motivaron esta sentencia. Lamentablemente, no es un caso aislado. Lo sucedido con el periodista Fernando Valencia es otro abuso judicial. Decisiones similares no pueden repetirse. De lo contrario, el periodismo tendrá que limitarse a transmitir noticias y opiniones acríticas, inofensivas, y absolutamente neutrales. Es decir, le diremos adiós a una democracia tolerante y plural. En la lucha por la vigencia de un régimen democrático un elemento esencial es la libertad de expresión. No podemos volver al pasado.

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(*) Samuel B. Abad Yupanqui es socio del Estudio Echecopar. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Diplomado en Derecho Constitucional por el Centro de Estudios Constitucionales de España, doctor en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid y profesor principal de la Facultad de Derecho y de la Maestría Constitucional de la PUCP.

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