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Editorial: Proyecto de nuevo Código Penal ha nacido violando la ley

Editorial: Proyecto de nuevo Código Penal ha nacido violando la ley

Otra razón más para cuestionar el proyecto de Código Penal: esta iniciativa parlamentaria ha infringido el artículo 2 de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa al no presentar una exposición de motivos.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 18 de mayo 2016

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Toda propuesta legislativa que busque reformar una norma debe adjuntar un elemento esencial: la exposición de motivos. Este no es solo un enunciado, sino una obligación que debe cumplirse al legislar, tal como lo exige el artículo 2 de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, Ley Nº 26889.

Sin embargo, desde el proyecto inicial del nuevo Código Penal –que, por cierto, es un mero acopio de proyectos de ley– hasta el último texto sustitutorio del dictamen, la exposición de motivos no aparece ni por asomo. Esto supone una clara violación a la ley ya referida y es así como ha nacido el proyecto de nuevo Código Penal que se discutirá este jueves 19 de mayo –luego de varias suspensiones y postergaciones– en el Pleno del Congreso.

La obligación de adjuntar una exposición de motivos en cada proyecto de ley se origina por una razón muy simple: su documentación previa es básica para el debate; más aún, tratándose de una ley que prevé la gradualidad, tipificación y punibilidad de todos los delitos en el país. La omisión de este deber, es decir, el incumplimiento de la ley para impulsar, a la mala, la reforma integral de una norma tan importante, solo revela que desde el inicio nunca se buscó el debate ni la consulta con los grupos de interés –jueces, fiscales, abogados, feministas, empresarios, entre otros–.

Y no es que el error sea rectificable con la presentación tardía de una exposición de motivos, como busca ahora explicar el presidente de la Comisión de Justicia, Juan Carlos Eguren. La exposición de motivos es un documento clave y anterior –nunca posterior– para la expedición de una norma, pues en él se plasman las directrices que se están siguiendo para llevar a cabo la reforma impulsada, y se determina la naturaleza y finalidad de esta. No funciona al revés.

En consecuencia, en la situación actual no consta la explicación del porqué y el para qué de la reforma penal que se pretende concretar ni cuáles son las mejoras que la nueva legislación plantea con respecto a la anterior ni el porqué es conveniente regular figuras que no estaban normadas con anterioridad o despenalizar delitos que antes estaban tipificados como tales. En resumidas cuentas, el proyecto de nuevo Código Penal es, irónicamente, un Código ilegal.

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