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Messi: ignorar gestión de sus ingresos no lo libró de responsabilidad penal

Messi: ignorar gestión de sus ingresos no lo libró de responsabilidad penal

Tribunal provincial de Barcelona, en España, condenó a Lionel Messi y a su padre por defraudación fiscal pese a que el futbolista alegó desconocer cómo era administrado su patrimonio. De ser confirmada la sentencia por el Tribunal Supremo, ambos deberán pagar millonarias indemnizaciones, aunque evadirían la prisión debido a que la pena impuesta es menor de dos años.

Por Ana Bazo Reisman

miércoles 6 de julio 2016

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Que la selección argentina pierda la última Copa América dejó de ser la principal frustración de Lionel Messi. El martes 5 de julio de 2016, la Audiencia Provincial de Barcelona, en España, decidió condenar tanto al deportista como a su padre –quien también es su representante– por fraude a la Hacienda Pública. De esta manera, fueron desestimados los alegatos del futbolista del FC Barcelona, quien pretendía justificar su inocencia por desconocer las decisiones que su padre tomó sobre la administración de sus ingresos.

Según la evidencia y lo concluido por los jueces, los acusados no declararon un total de 4 millones 100 mil euros por concepto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) durante los años 2007, 2008 y 2009.

Asimismo, se determinó que esta evasión al fisco español fue concretada mediante la creación de empresas ubicadas en Belice y Uruguay, países cuya legislación no obliga tributar por rentas de origen extranjero. Es preciso resaltar que la defensa de ambos acusados nunca negó la existencia ni papelería firmada a nombre de estas personas jurídicas.

Así, por la comprobada utilización de paraísos fiscales a fin de desviar dinero no declarado y que fue ganado mediante la explotación de derechos de imagen para publicidad, la Audiencia condenó a Lionel Messi Cuccittini y Jorge Messi Pérez a 21 meses de cárcel. Sin embargo, su reclusión no se hará efectiva debido a que la condena es menor de dos años. Por otro lado, en el caso de Lionel Messi, se impuso el pago de 2 millones de euros de indemnización, mientras que Jorge Pérez deberá abonar 1,5 millones.

Respecto de la presunta indiferencia deliberada de Messi sobre las operaciones de su capital, el tribunal descartó que se tratase de una situación válida para no hallar responsabilidad, pues las gestiones realizadas acababan beneficiándolo directamente y la información que evitó conocer se encontraba, en todo momento, a su alcance.

«Al hilo de todas las circunstancias que rodeaban al jugador y que hemos mencionado, no puede por menos de señalarse que existía una sospecha justificada de que los ingresos consecuencia de la explotación de los derechos de imagen no tenían un origen claro y nítido, desde el momento en que se cobraban a partir de otras sociedades y de que, sin embargo, seguía siendo el jugador el perceptor de los mismos», señala el texto de la sentencia.

De este modo, los jueces hallaron injustificada la defensa por desconocimiento, pues Lionel Messi participó y firmó gran parte de los contratos concernientes a la prestación de su imagen y pudo, ante cualquier duda, averiguar fácilmente de qué manera se gestionaban sus derechos mediante la consulta al bufete Juárez (estudio de abogados contratado por los Messi para aquel fin) o a cualquier otro especialista.

Además, los magistrados explicaron que «para que un hecho antijurídico pueda ser imputado a su autor es precisa la capacidad personal de evitar el hecho, y la imposibilidad de conocer la antijuricidad del hecho excluye la infracción de la norma (…) Pero el desconocimiento evitable, derivado de la indiferencia, no es un error y no puede provocar una descarga de responsabilidad. No puede errar aquel que no tiene interés en conocer».

La decisión tomada por la Audiencia Provincial de Barcelona no es firme, por lo que será el Tribunal Supremo Español el que se encargue de ratificar o revocar la sentencia a los Messi.

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