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Juez supremo ponente será el único obligado a asistir a lectura de sentencia

Juez supremo ponente será el único obligado a asistir a lectura de sentencia

Reciente resolución de la Sala Penal Transitoria establece que basta la presencia del juez supremo encargado de la ponencia para la lectura de sentencia de casación. La directiva es aplicable para los recursos conformes al Nuevo Código Procesal Penal.

Por Redacción Laley.pe

lunes 18 de julio 2016

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Nueva resolución de aplicación general para los magistrados de la Sala Penal Transitoria. Esta instancia de la Corte Suprema estableció que, desde ahora, las audiencias para la lectura de sentencia de casación serán presididas por  el juez ponente de la causa, quien además cumplirá el rol de representante del Pleno de la Sala. Por este motivo, ya no será necesaria la asistencia de los demás miembros de la instancia.

De otro lado, se mantiene la orden de que «la casación será firmada con anterioridad y llevará como fecha la de la audiencia de lectura de sentencia en que formalmente se pronuncie”. Asimismo, se continuará permitiendo al juez supremo exponer oralmente una versión corta o resumida de la sentencia, en lugar de leer el texto integral de la misma. En cuanto a las partes asistentes a la audiencia, se ordenará su notificación inmediata, mientras que las partes ausentes serán informadas de la decisión a través de su domicilio procesal.

Esta directiva fue emitida por la Sala Penal Transitoria, integrada por los jueces César San Martín, Víctor Prado Saldarriaga, Jorge Luis Salas, Elvia Barrios y Hugo Príncipe y se aplicará sobre recursos de casación conformes al Nuevo Código Procesal Penal (NCPP).  La Sala Penal Permanente que preside Javier Villa Stein ya tiene conocimiento de esta resolución, así como también el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

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