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Proponen que prueba de ADN sea gratuita

Proponen que prueba de ADN sea gratuita

De aprobarse una reciente propuesta congresal, el trámite para determinar la filiación de paternidad se acortaría considerablemente. Aquí los detalles.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 31 de agosto 2016

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Una reciente propuesta legislativa pondría fin a las audiencias y demás actos procesales de larga duración para casos de reconocimiento del vínculo genético entre padres o madres e hijos. Se trata del Proyecto de Ley N° 153/2016-CR, cuya aprobación permitiría crear la prueba biológica gratuita junto a un proceso único de filiación de paternidad y la posibilidad de que se establezca, en tiempo récord, el monto a proporcionar por concepto de alimentos.

Asimismo, el proyecto sugiere proceder con la declaración judicial de paternidad si el demandado se opone injustificadamente a esta prueba única pese a su gratuidad. Además, se fijaría que el examen referido sea realizado en el Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público.

Sin embargo, la propuesta congresal exige que, de determinarse la paternidad a través de la prueba única, el juez podrá exigir la devolución del costo total de esta al demandado. De igual forma, si la demanda deviene en infundada por un resultado negativo en la prueba única, se podrá exigir la devolución del costo al demandante. Esta devolución deberá incluir el pago de costas y costos en cada caso.

Según el texto de la propuesta, el trámite de este proceso único deberá ser calificado, dentro de un plazo de 48 horas, por el juez de paz letrado. En otro plazo de 48 horas tras la notificación, las partes deberán concurrir al Ministerio Público para la realización de la prueba biológica gratuita. El informe con los resultados será enviado por la institución al despacho del juzgado dentro de un plazo máximo de siete días. Hasta 48 horas después de revisado el informe, el juez deberá dictar sentencia, la misma que podrá apelarse y ser ratificada o anulada en un juzgado de Familia. No obstante, dado el alto grado de certeza de la prueba de ADN, la posibilidad de apelar sería mínima.

De aprobarse el proyecto, se modificaría también el numeral 10 del artículo 424 del Código Procesal Civil para excluir la firma del demandante como requisito exigible ante los procesos de ADN gratuito, filiación de paternidad y alimentos preventivos. Actualmente, esta disposición solo excluye la rúbrica de la parte demandante en el caso de procesos de alimentos.

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