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Minjus registrará hasta por 5 años las sanciones a abogados por mala práctica

Minjus registrará hasta por 5 años las sanciones a abogados por mala práctica

El Decreto Legislativo Nº 1265 crea un registro en el que se inscribirán las sanciones impuestas a los abogados en el ejercicio de su profesión o cargo público, en cualquier procedimiento administrativo, disciplinario o jurisdiccional. Las entidades públicas deberán consultar dicho registro a fin de evitar la contratación de abogados sancionados.

Por Redacción Laley.pe

viernes 16 de diciembre 2016

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Los abogados sancionados por malas prácticas serán incluidos en un registro nacional. Esta relación estará a cargo del Ministerio de Justicia (Minjus) y será de acceso gratuito al público con el fin de transparentar los datos de los profesionales en Derecho sobre los que pesaron procedimientos administrativos, disciplinarios o jurisdiccionales. Además, los datos deberán mantenerse por cinco años, aun cuando la sanción haya perdido vigencia, salvo que la medida haya sido revocada por un juez.

Así lo establece el Decreto Legislativo Nº 1265, publicado este viernes 16 de diciembre en el diario oficial El Peruano. La norma incluye a todos los abogados sancionados tras cometer faltas en el ejercicio de sus labores tanto en el ámbito privado como en el público. El Minjus ingresará los datos de cada uno al Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Práctica Profesional dentro de un plazo de 48 horas tras la emisión de la sanción. Para ello, los jueces, tribunales administrativos o los colegios de abogados, según corresponda, estarán obligados bajo sanción a comunicar al Minjus sobre las sanciones que hayan dispuesto.

De encontrarse registrado, el abogado no podrá prestar bajo contrato sus servicios profesionales en ninguna institución pública ni ejercer cargos o funciones en el Estado. A su vez, las entidades podrán consultar con el registro para descartar estas candidaturas o convocatorias, pues la contratación de un abogado suspendido será, indefectiblemente, nula.

Finalmente, la ley ordena que, en un plazo de 90 días hábiles a partir de su publicación, todos los Colegios de Abogados del país implementen un Código de Ética profesional, un Consejo de Ética y un Tribunal de Honor en sus sedes correspondientes. Independientemente, el Ministerio de Justicia tendrá un plazo de 30 días hábiles para emitir el reglamento de esta norma.

Decreto Legislativo Nº 1265 by La Ley on Scribd

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