Multas, suspensión temporal en el ejercicio de la profesión, separación temporal, destitución de un puesto, expulsión del colegio profesional e inhabilitación. Estas serán las sanciones a los abogados que podrán inscribirse en el Registro de abogados sancionados, creado semanas atrás por el Decreto Legislativo Nº 1265 y que será administrado por el Ministerio de Justicia.
Así lo establece el Reglamento del Registro nacional de abogados sancionados por mala práctica profesional, publicado hoy en el diario oficial El Peruano mediante el Decreto Supremo Nº 002-2017-JUS.
Asimismo se establece que las entidades obligadas a remitir información al Registro (Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Consejo Nacional de la Magistratura, colegios de abogados, tribuinales administrativos, etc.) deberán designar a los responsables de brindar información en un plazo de quince días calendario.
REGLAMENTO del Decreto Legislativo Nº 1265, Decreto Legislativo que crea el Registro Nacional de Abogados S… by La Ley on Scribd