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Justicia uruguaya detiene aborto a pedido del padre

Justicia uruguaya detiene aborto a pedido del padre

Un tribunal uruguayo impidió el aborto porque el padre manifestó desear al niño. Así lo decidió la jueza Pura Book Silva, quien señaló que la gestante no había cumplido con un requisito establecido para proceder al aborto. Conoce más en la nota.

Por Cynthia Vergaray

sábado 25 de febrero 2017

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“Yo no tengo ganas de estar embarazada ni soportar que me obliguen, conociendo mis derechos que me otorga la ley pude acceder al derecho de iniciar el trámite y hacerlo”, ese fue el argumento de una gestante ante la justicia uruguaya al expresar sus deseos de interrumpir su embarazo y no acceder al pedido del padre, quien había interpuesto un recurso de inconstitucionalidad frente al caso.

Pero dicho argumento fue desestimado por la juez letrado Pura Book Silva, quien avaló el recurso contra el aborto presentado por el padre del niño al manifestar que él sí deseaba tener a su hijo e incluso sostuvo que estaba dispuesto a criarlo solo.

En la sentencia de la corte uruguaya dictada el pasado 21 de febrero, se reconoció el reclamo del progenitor, quien pidió que se protejan los derechos de su hijo y se adopten medidas de protección, pues de lo contrario se dejaría en la indebida indefensión los derechos del concebido. Así es como, la pareja que había mantenido seis meses de relación se vio envuelta en los tribunales frente a la disyuntiva de tener o no a su primogénito en las diez semanas de gestación.

Pues bien, la magistrada sostuvo que la Sra. O. (denominada así en el fallo) no cumplió con el requisito de “poner en conocimiento del médico las circunstancias derivadas de las condiciones en que ha sobrevenido la concepción, situaciones de penuria económica, sociales o familiares o etarias que a su criterio le impiden continuar con el embarazo en curso», este paso no figuraba en su historia clínica.

En ese sentido, la jueza resuelve hacer lugar a la acción de amparo y disponer que no se continúe con el deseo de abortar de la madre, pues además de no existir causas razones o motivos justificantes para impedir la gestación, se tomó en cuenta lo que establece la Constitución de Uruguay respecto a las leyes internas, y tratados internacionales que protegen el derecho a la vida del concebido, pues según la constitución nacional se define niño a todo ser humano hasta que cumple su mayoría de edad.

Asimismo, la magistrada sentenció que “toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente“.

Por otro lado, el abogado de la mujer,  Daniel Benavidez, manifestó que presentará una apelación de la sentencia pues la justicia de Uruguay permite el aborto solo hasta las 12 semanas de gestación.

SENTENCIA Nº 6/2017 URUGUAY ABORTO by La Ley on Scribd

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