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Indecopi calificó de ilegales los cobros que exige el CAL para incorporar a los abogados

Indecopi calificó de ilegales los cobros que exige el CAL para incorporar a los abogados

Indecopi declaró como barreras burocráticas ilegales los montos de 1,500 y 2,700 soles que el Colegio de Abogados de Lima cobra a los abogados que quieren incorporarse a su orden. Asimismo, declaró ilegal exigir copia simple del certificado del curso de práctica forense para la tramitación de los procedimientos de incorporación.

Por Redacción Laley.pe

lunes 27 de febrero 2017

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Indecopi declaró como barreras burocráticas ilegales los montos de 1,500 y 2,700 soles que cobra el Colegio de Abogados de Lima a los profesionales del Derecho que quieren incorporarse a dicho colegio profesional, de forma grupal o individual, respectivamente.  El CAL no habría fijado dichos montos en función de los costos en los que incurre la institución para la incorporación de los profesionales en Derecho.

Asimismo,  se declaró ilegal exigir una copia simple del certificado del curso de práctica forense para la tramitación de los procedimientos de incorporación, en la medida que no existe norma alguna que ampare dicho requisito.

Así lo ha dispuesto la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, mediante su Resolución N° 0079-2017/CEB-INDECOPI, emitida el 27 de enero de 2017, en su procedimiento de oficio seguido contra el Colegio de Abogados de Lima.

Así, la Comisión señaló que, en la medida que no se presentó la estructura de costos que sustente el derecho de tramitación para el procedimiento de incorporación, el CAL no pudo acreditar que los derechos de trámite para la incorporación en la modalidad “Grupal “ e “Individual” hayan sido determinados en función del importe del costo que su ejecución genera para la referido orden de abogados. Esto, señala la Comisión, contraviene lo dispuesto en los artículos 44.1 y 45.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444.

Por otro lado, la Comisión señaló en su pronunciamiento que no pretende afectar el presupuesto del CAL destinado en favor de sus agremiados, pero que sí pretende velar para que las incorporaciones de los profesionales al Colegio de Abogados de Lima se sujeten a las disposiciones en materia de simplificación administrativa, esto es, que se exija derechos de tramitación cuyos montos sean determinados en función del costo en el que incurre para prestar el servicio y los requisitos que exija sean conforme a las normas sobre la materia.

Por lo tanto, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi ha dispuesto declarar barreras burocráticas ilegales las siguientes imposiciones dispuestas por el Colegio de Abogados de Lima:

a) La exigencia del monto ascendente a S/ 1 500,00 soles para la tramitación del procedimiento de incorporación al Colegio de Abogados de Lima, bajo la modalidad “Grupal”, difundido a través de su portal web institucional con el documento denominado “Requisitos de incorporación”, para ejercer el patrocinio de casos ante el Poder Judicial.

b) La exigencia del monto ascendente a S/ 2 700.00 soles para la tramitación del procedimiento de incorporación a la orden del Colegio de Abogados de Lima, bajo la modalidad “Individual”, difundido a través de su portal web institucional con el documento denominado “Requisitos de incorporación”, para ejercer el patrocinio de casos ante el Poder Judicial.

c) La exigencia de presentar la copia simple del certificado del Curso de Práctica Forense para la tramitación de los procedimientos de incorporación a la orden del CAL bajo las modalidades “Grupal” e “Individual”, difundido a través de su portal web institucional con el documento denominado “Requisitos de incorporación” y establecido en el numeral 10 del artículo 5 del Reglamento de Incorporaciones del CAL, aprobado en la sesión de Junta Directiva de fecha 27 de febrero de 2016, para ejercer el patrocinio de casos ante el Poder Judicial.

PROCEDIMIENTO DE OFICIO CONTRA EL COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA RESOLUCIÓN FINAL by La Ley on Scribd

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