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Concurso preventivo: Un salvavidas para las empresas afectadas por desastres naturales

Concurso preventivo: Un salvavidas para las empresas afectadas por desastres naturales

El autor manifiesta que las empresas afectadas por los recientes desastres naturales ocurridos en el país pueden recurrir al Procedimiento Concursal Preventivo ante el Indecopi para afrontar la crisis de manera ordenada con sus distintos acreedores, aprovechando el ofrecimiento que ya vienen dando algunas entidades financieras. A continuación explica los requisitos para activar el referido procedimiento.

Por Erickson Molina

miércoles 19 de abril 2017

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Luego de los desastres naturales ocurridos en distintas zonas del territorio nacional, uno de los aspectos prioritarios será enfocarse en la reactivación de los sectores productivos en las zonas afectadas. Es decir, que los empresarios retomen sus actividades económicas tratando de alcanzar, por lo menos, los niveles a los que se llegó antes de los desastres.

Esta tarea no resultará fácil pues las empresas deberán invertir no solo en la reconstrucción de sus locales, inmuebles, vehículos y maquinaria afectada sino también en recuperar los insumos y existencias perdidos. La reactivación implicará para estas empresas procurar reconstruir los escombros y, simultáneamente, continuar la actividad económica que desarrollan para evitar su insolvencia o que otros competidores adquieran parte del mercado que dejan insatisfecho.

Ante esta situación, algunas entidades financieras (acreedores relevantes de las empresas que desarrollan negocios formales) han anunciado que otorgarán facilidades de pago a sus clientes como una eventual reprogramación de sus deudas. Este anuncio puede ser recibido como el arcoíris después de la lluvia. Sin embargo, como tal, puede ser una apreciada imagen, pero fugaz, por lo que se requiere algo más que este ofrecimiento para que una empresa pueda salir de la crisis que enfrente producto de los desastres naturales.

Además de las entidades financieras, una empresa promedio tiene entre sus principales acreedores a la Sunat, a los trabajadores, proveedores de insumos y materias primas, AFPs, EsSalud, así como clientes nacionales o extranjeros con los cuales debe cumplir obligaciones sobre la entrega de existencias destruidas o productos ofrecidos.

Concurso preventivo

En este escenario, la Ley General del Sistema Concursal, a la que han recurrido las empresas en momentos de crisis económica en el pasado para una disolución y liquidación ordenada o, en pocos casos de éxito, para la reestructuración de sus empresas, ofrece entre sus alternativas también la posibilidad de optar por un Procedimiento Concursal Preventivo ante Indecopi. Este procedimiento, como su nombre lo indica, está diseñado para situaciones en las cuales el deudor advierte que iniciará una etapa de falta de liquidez y problemas económicos que le impedirán cumplir con sus obligaciones pero que, sin embargo, podría permitirle evitar llegar a una situación de necesidad de reestructuración o liquidación de su empresa, pudiendo salvarse de la situación de crisis que atraviesa.

Esta realidad la enfrentan hoy diversas empresas del país, especialmente de la zona norte, quienes pueden utilizar esta herramienta legal para afrontar la crisis de manera ordenada con sus distintos acreedores, aprovechando el ofrecimiento que ya vienen dando algunas entidades financieras, hasta que se reactive el mercado en la zona y puedan normalizar sus actividades económicas.

Para activar el procedimiento, se requiere que el deudor i) presente una solicitud ante el Indecopi consignando sus principales datos, (ii) un resumen ejecutivo fundamentando el inicio del procedimiento, la viabilidad de la empresa y los medios para solventar las obligaciones adeudadas, (iii) los Estados Financieros de los últimos dos años, (iv) la relación detallada de las obligaciones que mantiene, (v) la relación detallada de los bienes muebles e inmuebles, y (vi) la relación detallada de los créditos por cobrar.

El procedimiento permite al deudor y acreedores negociar un Acuerdo Global de Refinanciación, en el cual se fije un cronograma de pagos de todas las obligaciones que mantiene la empresa; determinar una tasa de interés que compense la reprogramación de obligaciones, así como ofrecer las garantías con las que se puedan contar para asegurar el pago futuro del refinanciamiento.

Entre los beneficios que otorga este instrumento, como suele ocurrir en el marco del sistema concursal, es que el inicio de este procedimiento suspenderá la exigibilidad de las obligaciones del deudor hasta que se apruebe el Acuerdo con sus acreedores, permitiendo que los involucrados lleguen al acuerdo más eficiente para sus intereses. De esta manera, se obtiene una alta posibilidad de afrontar la crisis, continuando a la vez con el desarrollo de las actividades económicas y recuperando el posicionamiento en el mercado en un corto a mediano plazo.

En circunstancias como las actuales, es fundamental que las empresas estén informadas de todas las alternativas que ofrece el marco legal a fin de superar la situación de adversidad temporal y retomen en un plazo razonable sus labores normales, procurando su continuidad en el mercado.

Erickson Molina Pradel es abogado asociado de Benites, Forno & Ugaz Abogados, especialista en competencia y propiedad intelectual.

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