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Hasta nueve congresistas podrán integrar una comisión investigadora

Hasta nueve congresistas podrán integrar una comisión investigadora

Se ha modifica el artículo 88 del Reglamento del Congreso de la República a fin de ampliar el número de congresistas que pueden formar parte de una comisión investigadora. Más detalles en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

lunes 15 de mayo 2017

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Ya no son siete sino nueve el máximo de integrantes que conformarán una comisión de investigación del Congreso de la República. Así se estableció mediante la reciente modificación al Reglamento del Congreso.

Efectivamente, el rango anterior de integrantes de una comisión investigadora era de tres a siete congresistas, luego de esta modificación el rango se amplía de cinco a nueve integrantes por comisión.

Así lo dispuso la resolución legislativa del Congreso Nº 012-2016-2017-CR, publicada el 13 de mayo en el diario oficial El Peruano, que modifica el primer párrafo del literal a del artículo 88 del Reglamento del Congreso de la República.

Cabe recordar que los miembros de las comisiones son elegidos por el presidente del Congreso, respetando hasta donde sea posible la proporcionalidad de los grupos parlamentarios.

Asimismo, con el fin de garantizar el debido proceso, los que hayan solicitado la constitución de una comisión de investigación no podrán ser considerados en la selección de los integrantes para conformarla.

Ud. puede leer la resolución dando clic aquí.

resolución legislativa del Congreso Nº 012-2016-2017-CR by La Ley on Scribd

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