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¿Por qué razones se ordenó la excarcelación de Félix Moreno?

¿Por qué razones se ordenó la excarcelación de Félix Moreno?

En una decisión que ha sorprendido a muchos, la Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional ha ordenado la libertad de Félix Moreno, suspendido gobernador regional del Callao. El tribunal ha considerado que no se presentan concurrentemente los tres presupuestos necesarios para la prisión preventiva al no existir suficientes elementos de convicción y peligro de obstaculización. Más detalles aquí.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 7 de junio 2017

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La Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional decidió revocar la prisión preventiva contra Félix Moreno por el presunto delito de lavado de activos (caso Odebrecht). De esta manera, el gobernador regional del Callao saldrá en las próximas horas de la cárcel y cumplirá un régimen de comparecencia restringida.

Sobre Moreno pesaba una medida de prisión preventiva de 18 meses, ordenada por el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional. No obstante, ahora podrá afrontar las investigaciones en libertad, debido a esta reciente decisión de la Primera Sala Penal de Apelaciones, que acogió el recurso presentado por la defensa técnica del suspendido gobernador regional del Callao. 

En su decisión, el tribunal ha aseverado que en este caso no se presentan concurrentemete los tres presupuestos necesarios para la prisión preventiva, en la medida que aún no existen «elementos de convicción que vinculen al investigado Moreno Caballero como presunto autor de los delitos atribuidos por el persecutor penal; por consiguiente, deviene en indubitable no presentarse el primer presupuesto procesal» (fundamento 3.4.10) y además «no existe evidencia que pueda coadyuvar a establecer peligro de obstaculización» (fundamento 3.5.4). 

Dicha resolución, impone a Félix Moreno un mandato de comparecencia restringida, sujeta a diversas reglas de conducta. Estas son: i) no ausentarse de la localidad donde reside; ii) presentarse a la autoridad fiscal y/o judicial cuando sea requerido; iii) no comunicarse con los ciudadanos Gil Shavit, ANtero Milan Díaz, Alexis Carnero Alvinagorta y Nancy Milagros Suito Meza; iv) comparecer cada 30 días a informar sobre sus actividades ante el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional; y, v) abonar caución económica.

Para leer íntegramente la resolución de la Primera Sala Penal de Apelaciones, Ud. puede dar clic aquí o revisar el siguiente archvio Script:

   Caso Felix Moreno by Gaceta Jurídica on Scribd

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