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Reelección de parlamentarios y alcaldes podría ser debatida por el Congreso

Reelección de parlamentarios y alcaldes podría ser debatida por el Congreso

Se han presentado dos propuestas legislativas de reforma constitucional. Una de ellas busca que el cargo de congresista de la República sea renunciable y se permita la reelección luego de transcurrido un periodo de ejercicio en el cargo, prohibiéndose la reelección inmediata e indefinida. La otra iniciativa propone que se permita la reelección inmediata por única vez de las autoridades municipales. Más detalles en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

viernes 16 de junio 2017

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La Constitución Política del Perú no señala en relación a la función congresal, la prohibición de reelección, en ese sentido, al existir dicha omisión, en vía de la interpretación jurídica electoral, en nuestro país se ha asumido que los parlamentarios pueden ser reelegidos inmediata e indefinidamente. Por otro lado, tal como dispone nuestra Norma Suprema la investidura parlamentaria es irrenunciable.

Respecto a este marco normativo, se presentó el pasado 09 de junio ante el Congreso de la República, el Proyecto de Ley Nº 1507/2016-CR, que modifica el artículo 95º de la Carta Magna. Este proyecto propone que se prohíba la reelección continua e indefinida, en búsqueda de la alternancia en el ejercicio de poder, así como la imposición de límites temporales al ejercicio de los cargos públicos, de manera similar a lo tipificado para el Presidente de la República y otras funciones provenientes de elección popular.  

Asimismo, el referido proyecto plantea que la función parlamentaria sea de carácter renunciable, en caso el Congresista decida voluntariamente desistir del mandato legislativo por razones motivadas y no desee pertenecer al grupo parlamentario.

La otra cara de la moneda, se encuentra contenida en la iniciativa legislativa que pretende permitir la reelección inmediata y por única vez de autoridades municipales, y establece la revocatoria solo para las autoridades reelegidas. Contenida en el Proyecto de Ley Nº 1446/2016-CR presentado el pasado 24 de mayo ante el Congreso de la República,  que modifica el artículo 194º de nuestra Constitución Política. Cabe destacar que dicha modificación de ser aprobada, recién sería aplicable a partir del proceso electoral de 2022. 

Para acceder al proyecto de ley Nº 1446-2016 Ud. puede hacer clic aquí.

Para acceder al proyecto de ley Nº 1507-2016 Ud. puede hacer clic aquí.

PL01446-2016 by La Ley on Scribd

 

PL01507-2016 by La Ley on Scribd

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