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Municipalidades sancionarán a quienes incumplan normas de accesibilidad para menores con discapacidad

Municipalidades sancionarán a quienes incumplan normas de accesibilidad para menores con discapacidad

Se ha publicado la Ley que garantiza el derecho al juego y la accesibilidad urbana para niños, niñas y adolescentes con discapacidad. Mediante esta ley se prevé que las municipalidades sancionen a las edificaciones privadas que incumplan con las normas de accesibilidad y adecuación urbanística para las personas con discapacidad. Asimismo, establece que los espacios recreacionales deben ser de fácil acceso para ellos. Entérese de los detalles en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 5 de julio 2017

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Se ha previsto que las municipalidades sancionen a los propietarios de edificaciones privadas ubicadas en su jurisdicción que incumplan las normas de accesibilidad, así como las de adecuación urbanística y arquitectónica para las personas con discapacidad. Por su parte, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) será el encargado de ejercer potestad sancionadora cuando el infractor sea una entidad pública.

Así lo ha dispuesto la Ley que garantiza el derecho al juego y la accesibilidad urbana para niños, niñas y adolescentes con discapacidad, Ley Nº 30603, publicada en el diario oficial El Peruano el día 05 de julio de 2017. Esta norma ha modificado los artículos 16 y 17 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

Se establece que, en caso de incumplimiento de normas de accesibilidad para niños, niñas y adolescentes con discapacidad, bien cuando el infractor sea una entidad pública o una entidad privada, este factor será considerado una circunstancia agravante de la infracción.

Asimismo se establece que los espacios públicos y privados de uso público con fines recreacionales que cuenten con juegos infantiles, deberán ser accesibles para niños, niñas y adolescentes con discapacidad, así como cumplir con los estándares de diseño universal.

Por otro lado, el CONADIS estará encargado de informar anualmente y por escrito a la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso de la República sobre el cumplimiento de estas disposiciones.

Para acceder a la Ley Nº 30603 ud. puede hacer clic aquí.

LEY-Nº30603 by La Ley on Scribd

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