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¿Cómo impactará el DNI electrónico y la firma digital en las transacciones jurídicas?

¿Cómo impactará el DNI electrónico y la firma digital en las transacciones jurídicas?

Por Redacción Laley.pe

miércoles 30 de octubre 2013

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El pasado 15 de julio se publicó la Resolución Jefatural N° 230-2013/JNAC/ RENIEC que aprobó el “Plan de Lanzamiento del Documento Nacional de Identidad Electrónico” (en adelante DNIe), lo que nos permite inferir que los propósitos de la administración ya se van cristalizando en torno a este importante asunto –todavía pendiente– de la agenda digital pública para implantar la Sociedad de la Información en nuestro país.

El DNI inteligente va a cambiar radicalmente nuestra visión como abogados respecto del documento de identidad pues acreditará presencial y electrónicamente la identidad de su titular en forma indubitable; permitiendo el uso de la firma digital como manifestación de voluntad en documentos electrónicos con idéntica validez y eficacia jurídica de la firma manuscrita y, por extensión, el ejercicio del derecho al sufragio mediante el voto electrónico no presencial (artículo 45 del Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM).

El tránsito de la acreditación de la identidad al mundo digital revolucionará e impactará favorablemente en la seguridad, costes y celeridad de toda transacción materia de patrocinio legal en que se requiera manifestar la voluntad y suscribir documentos reduciendo la posibilidad de fraudes. El DNIe viene dotado de un certificado digital emitido por una Entidad de Certificación y contenido en un chip (circuito electrónico) con capacidad criptográfica con información de su titular, la que será verifi cable con lector de tarjetas y software muy asequibles La utilización de la fi rma digital permitirá comunicarse y contratar en forma segura ya que, asociadas al certifi cado de identidad del DNIe, habrá un par de claves relacionadas, una privada (conocida solo por su titular) y otra pública (verifi cable en el registro de Entidades de Verificación como Reniec) que permitan establecer conexión a través de un canal totalmente privado, pudiendo ambas partes identificarse indubitablemente así como autenticar la inalterabilidad de los documentos codificados que intercambian a través de la función hash.

De esta forma, en el ámbito privado, los medios electrónicos de intercambio comercial se tornarán suficientes para permitir a los agentes del mercado global contratar remotamente y 24/7, con la misma certidumbre que tienen cuando están cara a cara sin incurrir en costos por tenerque trasladarse.

Asimismo, en la esfera de la administración pública, la capacidad de actuar a distancia de los ciudadanos frente al Estado, importará cambios signifi cativos en tanto fomentará el desarrollo de los insufi cientes mecanismos de gobierno electrónico, lo que a futuro proporcionará una positiva percepción acerca de la modernización del Estado por la genuina simplificación administrativa que nos tocará experimentar al ver desaparecer paulatinamente colas y trámites engorrosos.

Veremos acrecentar la virtualización de procedimientos y servicios al ciudadano a través de ventanillas virtuales operando eficientemente sin restricciones de horarios con absoluta prescindencia de la localización de la ofi cina administrativa y del interesado, lo que importará significativo ahorro para ambas partes pues los servicios lejos de irrogar costes operativos dejarán de ser inefi cientes y fuente de actos de corrupción.

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