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Se aprobó el nuevo TUPA del Poder Judicial

Se aprobó el nuevo TUPA del Poder Judicial

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial. Se ha dispuesto el cobro de una tasa por desarchivamiento de expedientes judiciales con archivo temporal, y que la devolución de aranceles y derechos de tramitación ya no se considere un trámite incluido en el TUPA. Más detalles en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

lunes 14 de agosto 2017

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El nuevo TUPA del Poder Judicial fue aprobado. Se ha previsto excluir la devolución de aranceles y derechos de tramitación del TUPA al no constituir un trámite que implique para la entidad la prestación de un servicio específico, en ese sentido, se elaborará una directiva que regule y simplifique dicha devolución.

Asimismo, se ha modificado el artículo segundo de la Res. Adm. 373-2014-CE-PJ, que disponía que el desarchivamiento no generaba pago de tasa por judicial. Sin embargo, la mayoría de las solicitudes de desarchivamiento corresponden a expedientes con archivo provisional debido a que las partes no impulsan la ejecución de las sentencias judiciales, lo cual genera un costo al Poder Judicial. En tal sentido, el CEPJ ha dispuesto modificar dicho extremo, por lo que ahora el desarchivamiento genera el pago establecido en el TUPA.

Así lo dispuso el CEPJ mediante la Resolución Administrativa Nº 213-2017-CE-PJ publicada el sábado 12 de agosto de 2017 en el diario oficial El Peruano.

Por otro lado, se determinó que el plazo de vigencia del derecho de tramitación sea de un año calendario, periodo computado a partir de la fecha en que el justiciable efectúa el pago correspondiente.

 

Para acceder al TUPA ud. puede hacer clic aquí.

 

RA_213_2017_CE_PJ by La Ley on Scribd

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