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Corte Suprema precisa los aspectos probatorios del delito de hurto de espectro electromagnético

Corte Suprema precisa los aspectos probatorios del delito de hurto de espectro electromagnético

La Corte Suprema acaba de emitir una resolución en la que precisa el bien protegido en el delito de hurto de espectro electromagnético (la banda de navegación aeronáutica y los servicios de telecomunicaciones autorizados, con el consiguiente daño para la colectividad). Asimismo, se explica aspectos importantes en materia de prueba en este delito. Más detalles aquí.

Por Redacción Laley.pe

viernes 25 de agosto 2017

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El que ilegalmente cuenta con los equipos correspondientes y los utiliza para captar las ondas radioeléctricas, al margen de la autorización administrativa, lo que está haciendo es usar el espectro electromagnético para la transmisión de telecomunicaciones clandestinas.

El artículo 185 del Código Penal (que tipifica al delito de hurto), en su última oración, para efectos penales, equipara la noción «bien mueble», entre otros, al espectro electromagnético, el cual a su vez tiene valor económico y es susceptible de uso ilegal por el sujeto activo del delito de hurto con agravantes, al afectarse, con esa conducta, la banda de navegación aeronáutica y servicios de telecomunicaciones autorizadas, con el consiguiente daño para la colectividad.  

Así lo ha establecido la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, al resolver la Casación N° 234-2017-La Libertad, emitida el 22 de agosto de 2017, y bajo la ponencia del magistrado César San Martín Castro.

Asimismo, la Corte ha precisado que el espectro electromagnético es un bien mueble incoporal debidamente definido por la Ley de Telecomunicaciones. Se entiende como aquel campo de energía natural formado por la ionósfera, a través del cual se desplazan y distribuyen las diversas ondas radioeléctricas lanzadas desde la tierra por estaciones emisoras para efectos de las telecomunicaciones a mediana y gran escala.

 

Por otro lado, la Suprema señala que el contrato es un medio de prueba documental y apunta a acreditar si el imputado, a la fecha de la intervención administrativa, era o no propietario de la estación de televisión. No se puede analizar en sede penal como si fuera un acto jurídico cuya validez o eficadacia deba ser decidida, sino como el reflejo de un hecho quye puede tener influencia en los actos de sustracción o utilización ilegal del espectro electromagnético.

Para descargar estas sentencia Ud. puede dar clic aquí o leerla en nuestro archivo Scribd:

CasaciónNº234-2017 by La Ley on Scribd

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