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Condenados por corrupción y terrorismo no podrían fundar partidos políticos

Condenados por corrupción y terrorismo no podrían fundar partidos políticos

Iniciativa legislativa busca que quienes pretendan ser fundadores o promotores de un partido político se encuentren en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos y no hayan sido condenados por delitos de corrupción, narcotráfico, lavado de activos y terrorismo en cualquiera de sus formas. Así, se plantea combatir desde el ámbito político, la aparición de movimientos sociales vinculados al terrorismo. Más detalles en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

martes 19 de septiembre 2017

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Para la constitución e inscripción de partidos políticos, los fundadores o promotores de un partido político deben ser personas en el pleno ejercicio de sus derechos civiles y que no hayan sido condenados por delitos de corrupción, narcotráfico, lavado de activos y terrorismo en cualquiera de sus formas.

Así lo prevé el Proyecto de Ley Nº 1879/2017-CR, presentado ante el Congreso de la República el 13 de septiembre de 2017. El mismo que pretende modificar los artículos 3º y 5º de la Ley Nº 28094, Ley de organizaciones políticas.

Asimismo, respecto de los requisitos para la inscripción de partidos políticos, el proyecto plantea que no puedan ser objeto de inscripción las organizaciones políticas que realicen acciones de apología, promoción y apoyo político a la acción de organizaciones terroristas para subvertir el orden constitucional que altera gravemente la paz pública.

El objetivo de la propuesta es garantizar el funcionamiento del sistema democrático, impidiendo que un partido político pueda atentar contra el régimen democrático de libertades, en ese sentido, se busca combatir desde el ámbito político, la aparición de movimientos sociales vinculados al terrorismo.

Para acceder al proyecto de ley ud. puede hacer clic aquí.

PL Nº 01879-2017 by La Ley on Scribd

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