La pena en el delito de violencia y resistencia a la autoridad sería más leve cuando los actos de intimidación o violencia no revistan gravedad. De esta manera se introduciría una circunstancia atenuante específica en el mencionado delito.
Así se propone en el Proyecto de Ley Nº 1902-2017, presentado por el Poder Judicial el 22 de setiembre ante el Congreso de la República, el cual busca que se tenga en cuenta la menor gravedad del hecho, y que estos casos menores no sean reprimidos del mismo modo que los supuestos de violencia practicada mediante lesiones graves.
En ese sentido, la fórmula legal propuesta es la siguiente:
Art. 367.- Atenuante específica
(…)
La pena no será menor de seis meses ni mayor de dos años de pena privativa de libertad o prestación de servicios a la comunidad de veinticuatro a ciento cuatro jornadas, cuando los actos de intimidación o violencia no revistan gravedad.
En la fundamentación del proyecto se refiere que esta iniciativa legislativa busca que los operadores de justicia penal tengan una lectura adecuada de los presupuestos normativos y que las penas que impongan no afecten la proporcionalidad que debería derivar de las circunstancias concretas de la realización del delito.
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Proyecto de ley Nº 01912/2017-PJ by La Ley on Scribd