Jueves 18 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

Bienes de procesados por terrorismo serían inmovilizados hasta que concluya proceso

Bienes de procesados por terrorismo serían inmovilizados hasta que concluya proceso

Una iniciativa legislativa propone que los inculpados por terrorismo no puedan transferir ni gravar los bienes de su propiedad mientras no concluyan sus respectivos procesos judiciales. Esto busca garantizar el pago de la reparación civil correspondiente. Más detalles en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 27 de septiembre 2017

Loading

[Img #15685]

En los procesos judiciales por delitos de terrorismo, el juez penal podría inmovilizar los bienes del inculpado. De esta manera los procesados por este delito no podrían vender, transferir, enajenar, heredar, ni hipotecar sus bienes, ya sean estos muebles o inmuebles, divisibles o indivisibles, hasta el término del proceso, con la finalidad de garantizar en parte o en su totalidad la reparación civil correspondiente.

Así lo prevé el Proyecto de Ley Nº 1919/2017-CR presentado ante el Congreso de la República el 22 de septiembre de 2017, el mismo que propone modificar el inciso a) del artículo 13 del Decreto Ley Nº 25475, que establece la penalidad para los delitos de terrorismo y los procedimientos para la investigación, la instrucción y el juicio.

Asimismo, se dispone que el Ministerio de Justicia lleve un registro de los bienes inmovilizados. De esta manera, la propuesta busca contribuir a la restitución y compensación de la violación a los derechos humanos provenientes de actos de terrorismo, así como las pérdidas y secuelas sociales, morales y materiales sufridas por los afectados. 

Para acceder a este proyecto Ud. puede hacer clic aquí o navegar en nuestro archivo scribd:

Proyecto de ley Nº 1913/2017-CR by La Ley on Scribd

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS