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Conforman grupo de trabajo para promover derechos de las mujeres indígenas

Conforman grupo de trabajo para promover derechos de las mujeres indígenas

Se ha creado la “Mesa de trabajo para promover los derechos de las mujeres indígenas u originarias” como un mecanismo de coordinación entre el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y las mujeres pertenecientes a los pueblos indígenas u originarios a través de sus organizaciones representativas e instituciones. Más detalles en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 11 de octubre 2017

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Se conformó el Grupo de trabajo denominado “Mesa de trabajo para promover los derechos de las mujeres indígenas u originarias” con el objetivo de promover y ejecutar acciones a fin de garantizar el ejercicio pleno de los derechos individuales y colectivos de las mujeres indígenas u originarias, sobre la base de la igualdad de género, la no discriminación, el respeto y la valoración de sus conocimientos y aportes desde su diversidad cultural.

Así lo dispuso la Resolución Ministerial Nº 288-2017-MIMP publicada el 11 de octubre de 2017 en el diario oficial El Peruano.

En ese sentido, las funciones que tiene el grupo de trabajo son las siguientes: a) promover acciones de sensibilización para visibilizar la situación de las mujeres indígenas u originarias; b) generar espacios de diálogo para combatir la discriminación y todas las formas de violencia contra las mujeres indígenas u originarias; c) impulsar propuestas normativas de preservación de su cultura para la protección y promoción de los derechos individuales y colectivos de las mujeres indígenas u originarias; y, d) incentivar reuniones y/o espacios de diálogo regionales en materia de protección y promoción de los derechos individuales y colectivos de las mujeres indígenas u originarias.

Se ha previsto además, que la referida mesa de trabajo se instale dentro de los 10 días hábiles posteriores a la publicación de la resolución.

En relación al desarrollo de las actividades, el grupo de trabajo elaborará un «Plan de trabajo anual», en el cual deben precisarse los objetivos, acciones, responsabilidades y plazos de ejecución. Asimismo, deberá incluir un informe sobre su cumplimiento.

Para acceder a la resolución, puede hacer clic aquí o navegar en nuestro archivo Scribd.

R.M Nº 288-2017-MIMP by La Ley on Scribd

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