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Amplían por 4 años formalización de predios a través del Cofopri

Amplían por 4 años formalización de predios a través del Cofopri

Se ha prorrogado hasta diciembre del 2021 el Régimen temporal extraordinario formalización y titulación de predios urbanos. De esta manera, se busca que la población de menores recursos acceda a la formalización de sus predios, a través de mecanismos técnicos y legales simplificados. Entérate de los detalles en la nota.

Por Redacción Laley.pe

viernes 29 de diciembre 2017

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Se ha previsto ampliar por un periodo de 4 años el Régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios urbanos, el cual concluye el 31 de diciembre de 2021, a fin de continuar con las labores de formalización de la propiedad predial urbana. Dicho régimen fue aprobado mediante Ley  28923, modificado por Ley 29320, ampliado por la Ley 29802 y posteriormente por la Ley 30513.

Así lo dispone la Ley que establece medidas complementarias para la promoción del acceso a la propiedad formal, Ley N° 30711 publicada el 29 de diciembre de 2017 en el diario oficial El Peruano.

Se ha señalado además, que los documentos emitidos por el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) en los procedimientos a su cargo, tienen mérito suficiente para su inscripción en el registro de predios de la zona registral correspondiente

Asimismo, se ha precisado que el Cofopri a pedido de las municipalidades, diseña, implementa, gestiona y ejecuta de forma directa, las actividades catastrales de levantamiento y/o actualización catastral urbana dentro de la jurisdicción correspondiente. Asi, la intervención del COFOPRI se realiza previa suscripción de convenio y culmina con la entrega de toda la información generada en materia catastral urbana, quedando las municipalidades involucradas obligadas a ejecutar las demás acciones catastrales a su cargo.

Por otro lado, se ha exonerado del pago de tasas, aranceles u otros cobros que cualquier institución pública exige por la prestación de sus servicios al Cofopri para la ejecución de la formalización de la propiedad predial; y del pago por los servicios de transferencia de información y documentación, a través de cualquier medio, y cualquier otra acción requerida, o dispuesta, por el mismo para la ejecución de la formalización de la propiedad predial, en el ámbito nacional.

Para acceder a la ley ud. puede hacer clic aquí o navegar en nuestro archivo Scribd

Ley 30711 by La Ley on Scribd

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