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Revise el proyecto del Reglamento del sistema de arbitraje de consumo

Revise el proyecto del Reglamento del sistema de arbitraje de consumo

Se publicó el proyecto del Reglamento del sistema de arbitraje de consumo. Así, se busca asegurar la continuidad de dicho sistema, ya que se pretende reducir los costos de su ejecución, al constituir tribunales arbitrales unipersonales y, expcepcionalmente, colegiados. Además, reducir el plazo del proceso arbitral y unificar los cinco textos normativos que lo regulan. Más detalles en la nota.

Por Redacción Laley.pe

lunes 22 de enero 2018

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El tribunal arbitral, siempre estará compuesto por árbitro único, eliminándose la posibilidad de constituir un tribunal colegiado salvo que las partes pacten lo contrario y la cuantía materia de controversia supere las 3 UIT.

Así lo plantea el proyecto de Decreto Supremo que reglamenta el sistema de arbitraje de consumo publicado mediante la Resolución Ministerial N° 008-2018-PCM, el sábado 20 de enero de 2018 en el diario oficial El Peruano.

Asimismo, se pretende introducir mejoras que permitan resguardar la libertad de las partes de elegir a su árbitro, simplificar el proceso arbitral, así como los procedimientos de adhesión de proveedores y nominación de árbitros, en atención a los Decretos Legislativos Nº 1246 y 1310, que aprobaron diversas medidas de simplificación administrativa.

Además, se introduciría el concepto del Registro de Proveedores Adheridos al Sistema de Arbitraje de Consumo que contiene la lista de proveedores que solicitaron su adhesión al Sistema de Arbitraje de Consumo y datos relevantes como el nombre, domicilio, rubro del negocio, fecha de inscripción al Registro y tiempo que dura su adhesión al Sistema, incorporándose a aquellas empresas y gremios empresariales que se adhirieron con anterioridad.

Se otorgaría competencia de alcance nacional a la Junta Arbitral de Consumo Piloto adscrita a la sede central del Indecopi; salvo en aquellas localidades donde se constituyan Juntas Arbitrales de Consumo al interior de los gobiernos regionales, locales u otras sedes u oficinas del Indecopi, toda vez que este nuevo mecanismo alternativo de consumo no debería centralizarse únicamente en la zona sur de Lima, debido a que impide el acceso a la justicia

Respecto del lugar donde se presentará la petición de arbitraje, en caso haya más de una Junta Arbitral de Consumo competente territorialmente para conocer la controversia, se les otorgaría a las partes la libertad de elegir si acuden a la Junta Arbitral de Consumo en atención al domicilio principal del proveedor o la sede donde ocurrieron los hechos.

Cabe agregar que durante 30 días calendarios, contados a partir de su publicación, los ciudadanía en general, y las instituciones públicas o privadas pueden enviar sus opiniones y comentarios al correo electrónico:  [email protected].

Ud. puede accedere al proyecto aquí o navegar en nuestro archivo Scribd

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