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Pleno Constitucional del Callao: incompetencia por razón del territorio y residualidad en el amparo laboral

Pleno Constitucional del Callao: incompetencia por razón del territorio y residualidad en el amparo laboral

Dos importantes temas fueron recientemente analizados en el Primer Pleno Jurisdiccional Distrital en materia Constitucional de la Corte Superior del Callao: i) los efectos de la competencia por razón de territorio en los procesos de amparo; y, ii) la residualidad de los procesos de amparo laboral y trámite ante el juez laboral de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Conoce cuáles fueron las conclusiones aquí.

Por Redacción Laley.pe

martes 30 de enero 2018

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Recientemente se ha hecho público los dos acuerdos adoptados por los jueces superiores de la Corte del Callao en el Primer Pleno Jurisdiccional Distrital en materia Constitucional de dicha sede judicial, realizado el 1 de diciembre de 2017. 

Los dos temas analizados fueron: i) efectos de la competencia por razón de territorio en los procesos de amparo; y, ii) residualidad de los procesos de amparo laboral y trámite ante el juez laboral de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT).

Las preguntas y conclusiones plenarias fueron las siguientes:
 
1. En los procesos de amparo, cumplimiento y hábeas data, cuando el juez se considere incompetente, ¿debe derivar el proceso al juez que considere competente o debe simplemente declarar improcedente la demanda?
 
El juez debe limitarse a declarar la improcedencia de la demanda, en aplicación del artículo 51 del Código Procesal Constitucional.
 
2. Cuando en un proceso de amparo laboral el juez constitucional considere que existe una vía igualmente satisfactoria para la tutela del derecho invocado ante los juzgados labores que tramitan procesos bajo la NLPT, a la cual debe acudir el demandante, ¿corresponde habilitar plazo para que se presente la demanda ante el juez laboral o debe reconducirse de oficio el proceso ante dicho juez?
 
El juez constitucional debe habilitar el plazo para que el demandante presente una nueva demanda ante el juez laboral, en aplicación del precedente contenido en la sentencia emitida en el Expediente N° 02383-2013-PA/TC (caso Ríos Núñez).
 

Ud. puede descargar las actas de este pleno jurisdiccional  aquí  y/o leerlo en nuestro archivo Scribd:
 

Pleno Distrital Constitucional Callao by La Ley on Scribd

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