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Conozca los argumentos del juez Corrales para ordenar el cambio de género en el DNI de un ciudadano

Conozca los argumentos del juez Corrales para ordenar el cambio de género en el DNI de un ciudadano

¿Cuál fue el sustento jurídico que empleó el juez Corrales Cuba para declarar fundada una demanda de cambio de género de un ciudadano arequipeño? Acá puedes leer íntegramente la sentencia que viene generando un amplio debate.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 31 de enero 2018

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Días atrás informamos que el magistrado Corrales Cuba  había autorizado el cambio de género de femenino a masculino del ciudadano A.A.V.G. en su partida de nacimiento y en el documento nacional de identidad. Ahora, en esta nota compartimos el texto íntegro de esta importante sentencia emitida por el Segundo Juzgado Civil – Módulo Básico de Justicia de Paucarpata.

En la resolución se puede adviertir que el juez afirma que la identidad sexual constituye un muy importante aspecto de la identidad personal en la medida que la sexualidad está presente en todas las manifestaciones de la personalidad del sujeto, encontrándose en estrecha conexión con una pluralidad de derechos, como los atinentes al libre desarrollo de la personalidad, a la salud, la integridad psicosomática y la disposición del propio cuerpo. Igualmente, refiere que «la identidad sexual se entiende como la parte de la identidad total de las personas que posibilita el reconocerse, aceptarse y actuar como seres sexuados y sexuales«.

Asimismo, en la resolución se refiere que «el transexualismo debe ser entendido como una disforia de género, más no como una patología«, para lo cual el magistrado sustenta su posición con distintos pronunciamientos de tribunales internacionales, tales como los de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (sentencias emitidas en los casos Karen Atala vs. Chile y Duque vs. Colombia), y el Tribunal Europeo de Derecho Humanos (sentencias Van Kuck vs. Alemania y Goodwin vs. Reino Unido), así como lo señalado por la Organización de Naciones Unidas, a través del Informe anual del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos e informes de la Oficina del Alto Comisionado y del Secretario General (AAA/HRC/29/23. Publicado el 4 de mayo de 2015].

En opinión del magistrado Corrales, «las referidas entidades internacionales han coincidido en que el género encuentra un espacio particular de protección en el ámbito del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, lo cual ha obedecido a su estrecha vinculación con el derecho a la vida privada y al principio de igualdad y no discriminación». Igualmente refiere en su fallo que «No es casual esta coincidencia en el ámbito internacional, ya que refleja el estándar mínimo de protección que los Estados deben brindar a toda persona sometida a su jurisdicción». 

Por estas razones, el juez Corrales declaró fundada la demanda y, por lo tanto, dispuso que en la partida de nacimiento y en el documento nacional de identidad del demandante se cambie el sexo de femenino por el de masculino, «a fin de que en lo sucesivo el titular aparezca registrado en cuanto a su sexo como masculino». Asimismo, el magistrado ordenó que, para el cumplimiento de su resolución, se cursen los partes judiciales correspondientes a la Municipalidad Provincial de Arequipa y al Registro Nacional de Identificación. Vale agregar que la decisión es de primera instancia, por lo que ha trascendido que ha sido apelada por la Reniec.

Ud. puede descargar  esta polémica sentencia aquí o leerla en nuestro archivo Scribd: 

S E N T E N C I A N r o . 001 – 201 8 – C I – 2 J C P by La Ley on Scribd

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